Consultorio de vivienda

¿Es posible romper un pacto de indivisión por la herencia de un piso?

Si bien es cierto que el Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad y que cada uno de ellos puede pedir en cualquier momento que se divida la cosa común.

Vivienda.
Vivienda.
Imagen de Freepik.

Pregunta

  • Soy propietaria a medias con mi hermano de una vivienda que heredamos hace unos años de nuestros padres. En su momento firmamos un pacto de indivisión por diez años, como garantía de que ninguno de los dos obligaría al otro a vender o comprar la parte del otro. Ahora me interesa vender y no consigo convencer a mi hermano. ¿Qué pasa si insto la división de la cosa judicial en el juzgado?

Si aún no han transcurrido los diez años pactados de indivisión, lo más probable es que le desestimen su acción de división. Si bien es cierto que el artículo 400 del Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad y que cada uno de ellos puede pedir en cualquier momento que se divida la cosa común; a renglón seguido, ese mismo precepto establece que, no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años.

En definitiva, aquel pacto de indivisión es perfectamente válido y constituye un compromiso o acuerdo que debe ser respetado y que, como tal acuerdo, se antepondría al derecho general de división a favor del comunero.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

Mostrar comentarios