PREGUNTA
- Mi hermana y yo, ambas solteras, vivimos juntas en una casa que era propiedad de ella. Ha fallecido recientemente y nunca hizo testamento. ¿Soy su heredera? ¿Tengo algún derecho por haber vivido aquí a heredar la casa?
Si su hermana no tenía ni padres ni hijos y además no hizo testamento, se abre una sucesión ab intestato que, en derecho común, supone que son llamados como herederos los hermanos y los sobrinos de la persona fallecida. Así, el artículo 946 del Código Civil dice que "Los hermanos e hijos de hermanos suceden con preferencia a los demás colaterales".
Si usted es la única hermana, heredará todo. Si hay más hermanos, la herencia se repartirá entre todos a partes iguales, y si alguno hubiera fallecido, su cuota la recibirán los hijos del fallecido, sobrinos carnales de su ahora fallecida hermana. Un ejemplo: si sobreviven usted y otro hermano, y además hay dos sobrinos, hijos de un tercer hermano premuerto, usted y su hermano vivo recibirán cada uno 1/3 de la herencia, y el tercer tercio se repartirá entre los dos hijos de su hermano premuerto. Y es que los hermanos heredan "por cabezas" y los sobrinos "por estirpes" si concurren a la herencia con tíos, hermanos del difunto. Si solo quedaran sobrinos (que no es el caso), heredarán todos a partes iguales.
Para complicarlo un poco más, si se diera el caso de que hubiera hermanos de padre y madre y hermanos solo de padre o solo de madre, los primeros heredan el doble. Y no, por el hecho de haber vivido en la casa no tiene usted mayor derecho, aunque lógicamente podrán ustedes tenerlo en cuenta a la hora de hacer la partición.
*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com
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