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Cómo comunicar a los propietarios del edificio la celebración de las juntas

La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará.

Reunión de vecinos.
Reunión de vecinos.
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pregunta

  • Somos una Comunidad de Propietarios de tan solo doce vecinos. Para ahorrarnos el coste de un administrador profesional hemos decidido ejercer esa función por turnos. Mi duda es cómo debo proceder para notificar a los propietarios la fecha y hora de celebración de las Juntas, porque no siempre está la gente en casa ni parece que algunos miren su buzón.

El artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal señala que la convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. Respecto del modo en que deben practicarse las citaciones, la Ley establece tres posibilidades, si bien debe observarse el siguiente orden jerárquico: 

1º.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 h) de la Ley de Propiedad Horizontal, la notificación habrá de hacerse en el domicilio que haya sido designado por el propietario.

2º.- A falta de designación de domicilio por parte del propietario, se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo. 

3º.- Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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