Media jornada

Trabajo híbrido: ¿los empleados deben recuperar el tiempo de desplazamiento?

La Audiencia Nacional ha establecido una nueva sentencia por la cual aquellos trabajadores que vuelvan a casa para seguir teletrabajando tendrán que recuperar las horas correspondientes al traslado.

Teletrabajo desde el coche de vuelta a casa.
Teletrabajo desde el coche de vuelta a casa.
©[iJeab] a través de Canva.com

Cuando un trabajador llega tarde al trabajo ese periodo de tiempo en el que no estaba en su puesto tiene que recuperarse de algún modo. Por un lado, muchas empresas llegan a acuerdos con los empleados para que se queden unas horas más, mientras que otros más estrictos, pueden llegar a quitar una parte proporcional del sueldo por el tiempo ausente.

Hay circunstancias excepcionales o inevitables que pueden ser justificables, pero las más habituales como una avería en el transporte utilizado o un accidente en la carretera no siempre se consideran causas de fuerza mayor. Si el empleado va a retrasarse de su hora de entrada habitual, lo mejor es que se lo comunique lo antes posible al responsable correspondiente o la empresa.

Esto también se aplica a quienes en este último año han implantado el modelo híbrido, es decir, quienes acuden a la oficina por la mañana y vuelven a casa para comer y seguir teletrabajando. La Audiencia Nacional ha fallado a favor de una aseguradora que obliga a sus trabajadores a extender sus jornadas laborales.

Teletrabajo en casa

El órgano jurisdiccional ha dado la razón a la empresa de seguros Ocaso y los empleados estarán obligados a recuperar esas horas que invierten en desplazarse a casa para seguir teletrabajando. De este modo, compensan el tiempo que habían perdido en dicho desplazamiento, según explica 'El Confidencial'.

Este modelo híbrido o semipresencial fue implantado para toda la plantilla como consecuencia de la incidencia de coronavirus, por lo que los empleados realizaban media jornada en la oficina y para la hora de comer debían volver a casa. La compañía consideraba que esos 'retrasos' en la incorporación al puesto debían restablecerse y por ello los trabajadores se quedaban más horas sin ser consideradas extra. 

El sindicato UGT rechazó la medida alegando que este camino de vuelta debía asimilarse como tiempo de trabajo efectivo, sin embargo, la Audiencia Nacional no lo ha considerado una vulneración de los derechos de los trabajadores. Según han indicado en el dictamen, "no hay una modificación sustancial de condiciones de trabajo, no procede declarar vulnerado el derecho de libertad sindical ni reconocer indemnización alguna por daños y perjuicios". Con esta sentencia se establece jurisprudencia y las empresas que dispongan de este tipo de jornadas podrá establecer dichas medidas.

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