Deberá responder a la petición

El Supremo ordena a Madrid tramitar de nuevo una solicitud de 1.000 licencias VTC

El TS ha estimado parcialmente un recurso presentado por Cabify contra la denegación por parte de la Comunidad de Madrid en 2018 de su solicitud de 1.000 autorizaciones de arrendamiento de coches con conductor, clase VTC.

Vehículo Cabify en Madrid
Vehículo Cabify en Madrid
CABIFY MADRID

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso presentado por Maxi Mobility Spain (Cabify) contra la denegación por parte de la Comunidad de Madrid en 2018 de su solicitud de 1.000 autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, clase VTC, que se basó en que su concesión superaría la limitación de 1 licencia VTC por cada 30 de taxi.

La sentencia aclara que la anulación del acto denegatorio no puede suponer la concesión de las 1.000 autorizaciones VTC solicitadas por la mercantil recurrente, sino que se ordena la retroacción del procedimiento a la Administración de la Comunidad de Madrid, para que resuelva sobre la solicitud de 1.000 autorizaciones VTC solicitadas. Lo hace de conformidad con la normativa aplicable en el momento en que se formalizó la solicitud (abril de 2018), sin aplicar la limitación cuantitativa 1/30 prevista en el artículo 181.3 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

El alto tribunal expone que el Tribunal de Justicia de la UE, en sentencia de junio de 2023, ha fijado que la limitación de autorizaciones VTC/Taxis en la proporción de 1/30 no supone una ayuda implícita del Estado al sector del taxi, pero es contraria a la libertad de establecimiento del artículo 49 del tratado de la UE salvo que se haya acreditado, por un lado, que la medida limitativa es apropiada o idónea para conseguir los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico, del espacio público y de protección del medio ambiente, y, por otro, que es proporcionada para alcanzar estos objetivos.

Esa resolución del TJUE lleva al Supremo a la estimación parcial del recurso de Maxi Mobility Spain porque la denegación por la Comunidad de Madrid de su solicitud se sustentó exclusivamente en la norma que limita las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor a una de estas por cada treinta autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo.

Y esa restricción, recuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sólo es ajustada al Derecho europeo en el caso de que concurran imperiosas razones de interés general que la justifiquen. De tal modo, los actos administrativos impugnados en este pleito, "al acogerse sin más a la disposición legal que limita las autorizaciones, no adolece de un mero defecto formal de motivación", sino que supone una infracción jurídica de naturaleza material del artículo 49 del TFUE que determina su invalidez, indican los magistrados.

La sentencia, al ordenar la retroacción de actuaciones para que se responda de nuevo a la solicitud, recuerda que la Administración, en este caso, no examinó los requisitos formales y materiales exigidos por el ordenamiento jurídico para la concesión de las autorizaciones. Así, la Comunidad de Madrid destacó en su resolución que la solicitud no reunía los requisitos exigidos por la legislación específica para su tramitación y que no se acompañaba de la preceptiva documentación, aunque no pidió su subsanación al considerar obligada la denegación por la aplicación de la limitación 1/30 licencias.

Cabify celebra la sentencia

Cabify ha valorado "positivamente" la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que estima un recurso presentado por su sociedad Maxi Mobility contra la denegación por parte de la Comunidad de Madrid en 2018 de 1.000 autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), lo que permitirá presentar la solicitud de nuevo.

La compañía española de movilidad defiende que esta nueva resolución judicial está en línea con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de junio de 2023, que señalaba que no se podía aprobar regulaciones defendiendo los intereses económicos de un sector (el taxi) en detrimento de otro.

"La sentencia del Tribunal Supremo, en aplicación de la jurisprudencia del TJUE, da la razón a la sociedad del grupo Cabify respecto de las injusticias regulatorias en torno al sector VTC que se han ido sucediendo bajo el paraguas del ratio de 1 VTC por cada 30 taxis, entre otros preceptos contrarios al Derecho europeo", argumenta la empresa en un comunicado.

Cabify cree que los ciudadanos y el conjunto de la sociedad serán los principales beneficiarios de esta sentencia, puesto que la revisión de la solicitud de licencias presentada por Maxi Mobility podrá impulsar la oferta de alternativas de movilidad y ayudar a cubrir la demanda desatendida en las ciudades.

Pese a que la Comunidad de Madrid fue la que denegó la solicitud en 2018, la compañía también aprovecha para señalar que esta comunidad "ha sido una de las regiones que mayores garantías jurídicas ha establecido en todo lo relativo al transporte de viajeros con conductor durante los últimos años", puesto que la denegación se dio en aplicación de la normativa estatal para limitar una VTC a 30 licencias de taxi. La compañía incide en esta diferencia regional, al defender a Madrid "en contraposición con otros territorios", donde cree que todavía se mantienen en vigor "normas contrarias al derecho europeo y al interés general".

Mostrar comentarios