El Gobierno anuló 130.000 pensiones por sobrepasar los ingresos máximos legales

Viajes del IMSERSO
Viajes del IMSERSO
Europa Press - Archivo

Los rígidos controles y el seguimiento periódico de los beneficiarios de pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez -casi 455.000 en febrero- destapan cada año un buen número de irregularidades y cobros indebidos de la prestación por el incumplimiento de los requisitos previstos. Solamente entre los ejercicios 2012 y 2018, casi 300.000 pensionistas han perdido su prestación tras las pertinentes revisiones  anuales y de oficio llevadas a cabo por los órganos gestores o a instancias del beneficiario. Casi 117 jubilados por día han perdido este derecho, fundamentalmente por fallecimiento o por superar los baremos de renta establecidos.

Así, casi 130.330 se quedaron sin su prestación durante los últimos siete años tras comprobarse que sus ingresos rebasaban los límites establecidos para poder beneficiarse de su paga y la mayoría afloraron tras revisiones de oficio y a instancia de parte. Exceptuando los fallecimientos, 168.336 personas se quedaron sin la pensión que estaban cobrando al dejar de cumplir con los requisitos. Para recibir una prestación de jubilación no contributiva se debe acreditar tener recursos inferiores a 5.488 euros anuales, una cantidad que se incrementará dependiendo de las personas con las que conviva el pensionista.

Según los informes de gestión de las pensiones no contributivas que mensualmente elabora el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, solamente en los dos primeros meses de 2019, 5.553 personas con pensión no contributiva han perdido su prestación, 92 por día desde que comenzó el año. La mayoría de las extinciones tuvieron que ver con el fallecimiento del beneficiario -52%-, mientras el resto, más de 2.600, se dejaron de abonar por un incremento de los ingresos propios, de la unidad económica de convivencia o por incidencias en el grado de discapacidad por el que se consiguió la prestación.

La Administración dispone de varias vías para supervisar las pensiones no contributivas, que se otorgan, previa solicitud, a personas mayores de 65 años que no han cotizado nunca o que lo han hecho de forma insuficiente para poder solicitar una pensión contributiva y a las personas entre 18 y 65 años afectadas por discapacidad o enfermedad crónica, en un grado igual o superior al 65%. Los pensionistas están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso. 

El incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. También se contemplan revisiones de oficio o de parte. La primera se inicia por el órgano gestor cuando, como resultado de las medidas de control disponibles, conoce cualquier dato o información que pueda producir o haya producido variación en los requisitos. La segunda se da cuando el interesado comunica cualquier variación -ingresos, residencia, informes médicos... - que afecte a su prestación.

Durante el segundo mes del año se abonaron 454.616 pensiones no contributivas -jubilación e invalidez- por un importe que superó los 182 millones. En el conjunto de 2018, el último año completo, alcanzó los 2.465 millones de euros. La cuantía de la prestación de invalidez en el segundo mes del año fue de 424,35 euros y la de jubilación, de 382,78 euros. La primera es superior, entre otras razones, porque al menos 37.571 de sus beneficiarios perciben el complemento del 50% por necesidad de otra persona.

El perfil del jubilado con pensión no contributiva es predominantemente el de una mujer española, casada, con una edad comprendida entre los 70 y los 79 años y que convive en una unidad familiar formada por dos/tres miembros. Mientras, el pensionista tipo de invalidez convive en una unidad económica integrada por dos o tres personas y que acredita un grado de discapacidad valorado entre el 65% y el 74%, si bien atendiendo a su edad y sexo es posible distinguir entre el pensionista tipo varón, soltero, menor de 45 años y la mujer casada, con edad superior a 45 años, que presentan discapacidades de tipo psíquico, seguidas muy de cerca por las de tipología física.

Mostrar comentarios