Desestima la petición de Anticorrupción

La juez rechaza investigar a Aguirre por la reducción de 135 camas de un hospital

La magistrada explica que no cabe imputar a la expresidenta de la Comunidad de Madrid por el simple hecho de ostentar este cargo en 2008, cuando se modificaron las adjudicaciones del complejo médico.

Esperanza Aguirre Ignacio González
Esperanza Aguirre Ignacio González
Europa Press

La titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid, Mónica Aguirre, ha rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción de investigar a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre por los presuntos delitos de prevaricación y malversación por la reducción "ilegal" de 135 camas en el Hospital Puerta de Hierro sin el necesario procedimiento administrativo. El Ministerio Público solicitó su imputación en un escrito presentado el pasado 10 de noviembre en el que aseguraba que presuntamente se habría causado un quebranto económico a las arcas públicas superior a 10 millones de euros

En un auto, al que ha tenido acceso La Información, la magistrada tampoco acepta imputar al exconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid Juan José Güemes y a la exviceconsejera de Asistencia Sanitaria Ana Sánchez Fernández. En este sentido explica que ni los cargos que ostentaban estas personas como máximos responsables del área de Sanidad madrileña y del órgano de contratación en mayo de 2008, ni el de Esperanza Aguirre como presidenta regional, "justifican la atribución de la condición de investigados". No sigue el mismo criterio con el exdirector general de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos, Jesús Alejandro Vidart, a quien cita el próximo 20 de diciembre en los juzgados de Plaza de Castilla de la capital.

La petición de la Fiscalía Anticorrupción se enmarca en la causa en la que se investiga a Elena de Mingo, quien fuera directora general de Planificación, Infraestructuras y Equipamientos Sanitarios, órgano adscrito a la Consejería de Sanidad, por presuntas irregularidades en las obras de adjudicaciones del Hospital Puerta de Hierro, en el municipio madrileño de Majadahonda. El Ministerio Fiscal sostiene que De Mingo "procedió a modificar de facto el contrato de concesión de obra pública para el redacción del proyecto, construcción y explotación" del complejo hospitalario, adjudicado por el entonces de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid en marzo de 2005, y que ello conllevó a que "135 habitaciones pasaron de ser dobles a individuales".

Para Anticorrupción, la aprobación de la modificación del contrato derivado del cambio de habitaciones dobles a simple debió haberse acompañado de la "cuantificación de los efectos económicos" que implicaba la eliminación de forma permanente de 135 camas. En este contexto, solicitó las peticiones de Aguirre y otros ex altos cargos madrileños, si bien la juez instructora apunta que de las diligencias practicadas hasta el momento, entre ellas la declaración de De Mingo, no se ha podido acreditar que "la resolución sobre la reducción del número de camas del hospital procediera directamente de la Presidencia de la Comunidad de Madrid".

Doctrina del Supremo

De hecho, recuerda que en la causa consta la información que remitió el secretario general técnico de la Consejería de Sanidad el 4 de noviembre de 2019 y la dirección general de Gestión Económico-financiera y de Farmacia de 15 de enero de 2020, mientras que no se ha aportado la Orden de la Dirección General de Infraestructuras de 5 de mayo de 2008 para convertir las habitaciones dobles en individuales, por lo que aún no se puede sacar ninguna conclusión al respecto para imputar a los máximos responsables del área. De este modo, la expresidenta de la Comunidad de Madrid se 'libra' de verse salpicada en otra causa judicial, pues se encuentra imputada desde septiembre de 2019 en la pieza que versa sobre la financiación irregular del PP de Madrid de la macrocausa 'Púnica'.

La juez Aguirre justifica su decisión recogiendo la doctrina del Tribunal Supremo, que descartó la posibilidad de hacer "atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea". "De hacerlo así vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad”, lo que pude provocar que "el Derecho penal se convierta en un peligroso instrumento totalitario", añadía el Alto Tribunal.

En cuanto a la imputación de Vidart, la magistrada instructora sí que estima los argumentos de Anticorrupción, en cuyo escrito expone que, conforme a la normativa aplicable, el exdirector general de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos "omitió el ejercicio de las competencias derivadas de su cargo". Según el Ministerio Público, Vidart debió "proceder a la mayor prontitud a la propuesta del reequilibrio económico del contrato a favor de la Administración".

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