Por incumplir las limitaciones tras la compra de Canal + 

La CNMC multa a Telefónica con 6 millones por una oferta en Fusión

Competencia detecta una falta grave por una oferta de Movistar Fusión, que lanzó la teleco del 11 de abril al 1 de agosto de 2021, que incluía el arrendamiento de un móvil con obligación de permanencia 

La CNMC multa a Telefónica con 6 millones por una oferta en Fusión
La CNMC multa a Telefónica con 6 millones por una oferta en Fusión
Europa Press

A falta de poco más de un mes, el próximo 30 de abril, para que la Comisión de los Mercados y la Competencia (CNMC) retire las limitaciones impuestas a Telefónica por la compra de Canal + en 2015, el efecto de estas medidas que se ha prorrogado tres años más allá de su vigencia inicial (2020) se seguirán haciendo notar. Competencia ha decidido este viernes imponer una sanción de 6 millones de euros a Telefónica porque a su juicio la operadora ha incumplido con las limitaciones impuestas al incluir en una oferta de Movistar Fusión la permanencia. En cualquier caso, la sanción se puede recurrir a través de un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

En concreto, el regulador habla de una falta grave por una oferta que lanzó con Movistar Fusión de 11 abril al 1 de agosto de 2021 que incluía el arrendamiento de un móvil con obligación de permanencia, según informa EFE. De esta forma, a juicio de este organismo, Telefónica ha incumplido los compromisos adquiridos tras la adquisición de Canal + en 2015 y cuya vigencia ya tiene fecha de caducidad, el próximo 30 de abril, tras prolongarse las mismas tres años más desde abril de 2020. Una decisión que fue respaldada recientemente por la Audiencia Nacional. 

Entre las limitaciones impuestas al operador que preside José María Álvarez-Pallete se encontraba la de no aplicar a los clientes de televisión de pago la inclusión de obligaciones de permanencia. En este sentido, han razonado desde la CNMC, las condiciones de la oferta comercial de Movistar Fusión objeto de la sanción incluía un alquiler de un móvil que incumplía este compromiso ya que fijaba una política de permanencia indirectamente asociada a la televisión de pago.

En este sentido, han apuntado desde el regulador, todos los clientes que contrataron por esta oferta los productos Movistar Fusión quedaron sujetos a las condiciones de permanencia y penalización por baja anticipada durante el  periodo de 36 meses que imponía el contrato.

Lo que para Competencia impuso una limitación a la movilidad de los clientes de televisión de pago de Telefónica que contrataron este servicio a través de Fusión.

Mostrar comentarios