Nuevo Estatuto

El Gobierno adapta las funciones de Enaire y AESA al Cielo Único Europeo

El desarrollo de esta normativa ha supuesto importantes cambios para los prestadores de los servicios de navegación aérea, que están sujetos a certificación por la autoridad nacional de supervisión de cada país.

Controladora aérea de Enaire.
El Gobierno adapta las funciones de Enaire y AESA al Cielo Único Europeo
ENAIRE

El Consejo de Ministros, en su reunión de este miércoles, a propuesta de los Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha aprobado mediante Real Decreto la modificación del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y el nuevo Estatuto de la entidad pública empresarial Enaire, gestor nacional de navegación aérea.

El desarrollo del marco normativo del Cielo Único Europeo ha supuesto importantes cambios para los prestadores de los servicios de navegación aérea, que en la actualidad están sujetos a certificación por la autoridad aérea, que en la actualidad están sujetos a certificación por la autoridad nacional de supervisión de cada Estado miembro, conforme a requisitos fijados a escala europea. En el caso de los servicios de tráfico aéreo, se encuentran además sujetos a designación en régimen de exclusividad dentro de bloques específicos de espacio aéreo.

En el caso de Enaire, el nuevo Estatuto supone una adaptación de las funciones y competencias tras más de veinticinco años desde la creación de la entidad. La Ley 18/2014, de 15 de octubre, modificó la denominación de la entidad pública empresarial, que pasa a denominarse Enaire, y confirmó que ésta continuará ejerciendo las competencias que actualmente ostenta en materia de navegación y espacio aéreo y, adicionalmente, la coordinación operativa nacional e internacional de la red nacional de gestión del tráfico y otras relacionadas con los usos para la gestión eficiente del espacio aéreo, teniendo en cuenta las necesidades de los usuarios.

Por todo lo anterior, ha sido necesario aprobar un nuevo Estatuto de la entidad pública Enaire, adaptándolo a sus actuales funciones y competencias, así como a la normativa de la Unión Europea de aplicación. También ha sido necesario modificar el Estatuto de AESA, que pasa a asumir nuevas funciones.

Aplicación de la normativa europea

El nuevo Estatuto de Enaire pone fin a las funciones aeroportuarias que se realizaban conforme a la Ley 18/2014, de 15 de octubre. También pone fin a otras funciones de órgano sustantivo (con capacidad decisoria) en el diseño del espacio aéreo que, en coherencia con la norma europea, no debe continuar ejerciendo como proveedor de servicios de navegación aérea.

Estas competencias se atribuyen a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que asume también las funciones de órgano sustantivo en materia de evaluación ambiental de los proyectos aeroportuarios, dadas sus competencias generales sobre este tipo de infraestructuras.

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