Acumuladas durante cinco años

Una empresa de ambulancias deberá pagar a un conductor más de 1.000 horas extra

El trabajador de la empresa palentina afirma que realizó horas extras a su jornada anual de 1.800 horas durante más de cinco años, desde 2018 hasta 2022, sin que fueran recompensadas según el Convenio Colectivo 

Ambulancias en la Base 0 de SAMUR
Una empresa de ambulancias deberá pagar a un conductor más de 1.000 horas extra
Europa Press

Una empresa de ambulancias de Palencia tendrá que indemnizar a uno de sus conductores por más de 19.600 euros por horas extraordinarias acumuladas durante cinco años, que se elevan a 1.050, en cumplimiento de una sentencia del Juzgado de los social de Palencia que abre la puerta a reclamaciones similares.  

El Juzgado de lo Social número 2 de Palencia ha condenado a la empresa de ambulancias a abonarle 19.683,96 euros a un trabajador en concepto de horas extraordinarias del año 2018 al 2022, ambos incluidos, más los intereses legales por mora, según la sentencia adelantada por Radio Palencia de la Cadena SER y a la que ha tenido acceso la Agencia EFE.

El trabajador, conductor de ambulancia desde el año 2003, reclamaba a la empresa el pago de las horas extraordinarias realizadas durante los años citados ya que según el convenio colectivo del sector su jornada anual es de 1.800 horas, la empresa no había concedido jornadas de descanso por las horas prestadas por encima de la máxima prevista.

Qué dicta la sentencia

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Palencia, reconoce el carácter de horas extraordinarias para aquellas que superan la jornada anual de 1.800 horas prevista en el Convenio Colectivo para los trabajadores del sector que llevan a cabo el Servicio de Emergencias en régimen de 24 horas/día y descanso de 72 horas, debiendo computarse como tiempo efectivo de trabajo las 24 horas de presencia en la base o centro de trabajo y computarse a efectos de la jornada anual.

El juzgado aplica una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), argumentando que se dan los elementos característicos del concepto de tiempo de trabajo cuando el trabajador está obligado a hallarse físicamente en el lugar determinado por el empresario y a permanecer a disposición de este para poder prestar sus servicios inmediatamente en caso de necesidad.

Más de veinte trabajadores en la misma situación 

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, pero, como la abogada palentina Amaya Rodríguez, de AFYSE Abogados, que ha representado al trabajador, ha incidido en que es importante porque hay más de una veintena de trabajadores de ambulancias que están reclamando lo que ahora ha prosperado, el pago de horas extra.

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