Le acusaban de dar "información errónea"

Competencia archiva la propuesta interna de multa a Másmóvil por la compra de Ahí

La dirección había propuesto una multa por falta de colaboración en una investigación sobre la compra de Ahi+ de 1,5 millones. El consejo cree que no queda acreditada esa falta grave.

Meinrad Spenger, consejero delegado de Másmóvil.
Competencia archiva la propuesta interna de multa a Másmóvil por la compra de Ahí.
L.I.

No habrá segunda sanción consecutiva a Másmóvil. El consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha desoído la propuesta de multa de 1,5 millones de euros planteada por la Dirección de Competencia y archiva el expediente. Entiende que no queda suficientemente acreditada la existencia de una práctica de obstrucción durante la investigación del organismo sobre la adquisición del grupo Ahí+. Hace meses sí que impuso el pago de una cantidad idéntica por una infracción grave al no haber comunicado formalmente esta transacción como es obligación.

En marzo de 2023, varios meses después de que se impusiera esa primera multa, la Dirección de Competencia arrancó actuaciones previas con el fin de determinar la existencia de indicios que justificasen la apertura de un procedimiento sancionador contra Másmóvil por el incumplimiento del deber de colaboración con la CNMC, como queda reflejado en la resolución fechada a finales del pasado mes de junio y consultada por La Información. En mayo, dos meses después, elevó propuesta a la Sala de Competencia para que se considerara un pago extra de otros 1,5 millones de euros. Apuntaba que la información aportada por la operadora española “es incompleta, errónea y fácilmente disponible y verificable” por la propia Másmóvil.

El consejo de la Sala de la Competencia, encabezada por la presidenta del organismo, Cani Fernández, compartía la primera apreciación con la Dirección de Competencia en relación con la independencia de esta potencial infracción (por responder de forma incompleta a los cinco requerimientos de información ejecutados entre 2021 y 2022) y la consistente en ejecutar una compra sin la notificación previa -por la que ya le exigió el pago de otros 1,5 millones de euros-. Pero en este caso entiende que hay una circunstancia particular: no se puede obviar que, frente a la facultad de exigir colaboración en las investigaciones de la CNMC, también existe un deber de la administración de no requerir datos que ya obren en su poder.

Según insisten desde el consejo, los datos solicitados a Másmóvil a través de los distintos requerimientos por los técnicos, en particular los referidos a las existencia de numeración asignada a la empresa Alma Telecom, ya constaban en el Registro público que gestiona la propia CNMC al que pudo acceder la Dirección de Competencia tras haber constatado el número de empresas que habían formado parte de la compra. “La propia Dirección obtuvo el dato requerido y aun así siguió requiriendo la información a Másmóvil”, apostilla.

El consejo de la CNMC constata que la Dirección de Competencia obtuvo el dato requerido "y aún así siguió requiriendo la información a Másmóvil"

Pero estos argumentos no son los únicos. Desde la Sala apuntan a que, según la ley de Competencia, la imposición de una sanción por estas modalidades de falta de colaboración no implica, de acuerdo a sentencias previas de la Audiencia Nacional, que la obstrucción de la autoridad "sea de tal entidad que la impide o frustre completamente". Debe valorarse la importancia que puede tener la actuación de la empresa en relación con el resultado de la inspección. Y en este caso, no cabe apreciar que la importancia de la obstrucción sea de tal entidad que justifique la imposición de una sanción. Por tanto, descarta la propuesta de su dirección de Competencia y archiva el procedimiento como pedía Másmóvil.

Como deja claro la CNMC en su resolución, esta sanción que ahora se archiva es independiente de la que impuso en enero de 2023 a Xfera Móviles, filial de la cuarta teleco con la que opera la marca Yoigo. En aquel momento, el consejo del organismo sí que concluyó que el grupo no había comunicado formalmente la adquisición de Ahi+ pese a que tenía la obligación legal de hacerlo por sobrepasar los umbrales de tamaño. En enero de 2021, la Dirección de Competencia tuvo conocimiento de la transacción. Abrió diligencias previas y exigió en marzo de 2022 que lo notificase formalmente. En diciembre pasado impuso el pago de 1,5 millones.

Compra relevante

La compra de la totalidad de las acciones del operador de fibra de comunidades como Andalucía o Valencia se produjo en diciembre de 2020 por un precio de 116 millones de euros. La negociación de la transacción fue ya especialmente tensa. Ambas partes presentaron hace ahora un año demandas cruzadas alegando incumplimientos de contrato. Desde el lado de José Carlos Oya, fundador de Ahí+ que acaba de lanzar otra operadora llamada 7Play, se exigía la devolución del 100% de la empresa y el resarcimiento a través de una indemnización.

La de Ahí+ es una de las compras relevantes ejecutadas en los últimos años, aunque no la más relevante. La teleco dirigida por Meinrad Spenger inició hace más de un lustro una carrera para ganar tamaño. Primero se hizo con Pepephone y después con Yoigo por 158 y 612 millones de euros, respectivamente. Con posterioridad hizo otras compras como la de Lycamobile por más de 300 millones. Por último la operación más relevante fue la Oferta Pública de Adquisición (OPA) sobre el 100% de Euskaltel por casi 2.000 millones.

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