Estudia otros casos

La CNMC avisa a Alibaba España que debe notificarle su servicio de 'nube acelerada'

El gigante chino preguntó al organismo a través de su filial española si debía incluir en el registro regulador este servicio prestado en el país pero a través de una matriz en Países Bajos.

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CNMC avisa a Alibaba que debe registrar su servicio de 'nube acelerada' en España.
Europa Press

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) avisa al gigante chino Alibaba que debe notificar al registro regulado de comunicaciones electrónicas su servicio de aceleración en la nube (conocido con el nombre comercial de Alibaba Global Accelerator) en el mercado español. El organismo contesta así a la consulta planteada por la propia compañía asiática a principios del pasado mes de septiembre de 2022. Este producto es prestado a empresas locales pero a través de una matriz con sede en Países Bajos. Ya en 2021 y 2022, la entidad sancionó a Microsoft y Amazon por no dar de alta servicios de voz en internet.

La filial Alibaba Ecommerce (Spain) SL presentó una consulta formal al organismo presidido por Cani Fernández en la que pedía que le arrojaran luz sobre cómo operar su servicio de la nube en España. Preguntó si los servicios de 'red de distribución de contenidos' (conocido como CDN por sus siglas en inglés) y los de aceleración de la nube (GA) que prestan "desde su punto de presencia en España" tienen la consideración de servicios de comunicaciones electrónicos, según queda constancia en la resolución fechada el pasado 14 de septiembre y consultada por La Información.

En virtud de la consulta, Alibaba establecería su punto de presencia en España. Y desplegaría sus servicios de software en los servidores españoles. La compañía estructura la distribución de esos servicios, como hacen otras tecnológicas, a través de otras filiales del grupo. En ambos servicios el revendedor es la empresa Alibaba (Netherlands) B.V., con sede en Países Bajos, que a su vez los revende a clientes ubicados en España (por ejemplo, empresas de sitios web).

En relación al servicio de aceleración de la red (GA), la conectividad necesaria la contrata la propia Alibaba a operadores de comunicaciones electrónicas mediante líneas alquiladas o conexiones dedicadas y esa capacidad de transmisión la pone a disposición de sus clientes para "acelerar" la transmisión de datos. El gigante controla y gestiona el tráfico 'extremo a extremo' por lo que puede minimizar los tiempos. La clave radica en quién presta el servicio. El organismo de Competencia entiende que si el revendedor -la matriz holandesa- tiene clientes en España, debe llevar a cabo su notificación previa.

Esta conclusión es diferente a la que da con el servicio de CDN. En este caso, Alibaba sólo gestiona un software sin intervenir en el transporte del tráfico entre servidores. Ellos no se hacen responsables de la conectividad ante sus clientes -contratan a operadores terceros-. Esta configuración hace que no se pueda concluir, según explica la Sala de Regulación, que la actividad consista en su totalidad o principalmente en el transporte de señales. "Hoy se considera que no es necesario que ni Alibaba ni el revendedor lleven a cabo su notificación", concluye.

En este punto, el regulador advierte en su resolución que esta cuestión sobre la red de distribución de contenidos (CDN) está en análisis entre sus técnicos, no sólo en España sino entre sus colegas europeos. En este sentido, insiste en que la misma actividad, según el peso que se dé a unas consideraciones frente a otras, podría ser considerada un servicio de comunicaciones electrónicas 'puro' -que obligaría a su registro y su regulación- o no. Por eso, recuerda que esta conclusión sobre el CDN de la tecnológica china -y el del resto de grandes compañías que prestan servicios como este- podría cambiar próximamente.

Sanciones por no registrar

El Registro de Operadores, gestionado por la propia CNMC, está incluido en la Ley General de Telecomunicaciones, que fue actualizada el año pasado, aunque su funcionamiento está contemplado en un real decreto posterior.  Tiene "carácter administrativo" y el objeto es la inscripción de empresas o personas que pretenden explotar o prestar una red o un servicio de comunicaciones electrónicas. Incluye las condiciones aplicables al ejercicio de su actividad y a las futuras modificaciones.

En caso de que no haya una comunicación formal para incluir a las empresas en el registro, la CNMC se reserva la posibilidad de sancionar. Fue lo que ha hecho en los tres últimos años con Amazon Web Services, la división de la nube del gigante del comercio electrónico, y con Microsoft. A ambos le impuso una multa de 18.000 euros y 7.000 euros, respectivamente, por esta situación. Se trataba de servicios de llamadas de voz a través de internet. 

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