Oleada de despidos

Verano en paro: casi 170.000 profesores perdieron sus empleos en junio y julio

El despido de docentes en los meses anteriores a las vacaciones es habitual en el sector privado, pero también en algunas administraciones que se apoyan en el RD de racionalización del gasto público de 2012. 

Una mujer fotografía uno de los carteles con instrucciones para hacer trámites por internet colocados en la fachada de una oficina del SEPE el día en el que se conocen los datos del paro de junio, en Madrid (España), a 2 de julio de 2020. El número de parados registrados en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo Inem) subió en 5.107 desempleados en junio (+0,1%), su mayor repunte en un mes de junio desde 2008, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social. 02 JULIO 2020;SEPE;2008;MADRID;PARO;INEM;SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL Eduardo Parra / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 2/7/2020
Verano en paro: casi 170.000 profesores perdieron sus empleos en junio y julio
Europa Press

La crisis energética y la incertidumbre económica, con tasas de inflación desconocidas en 37 años y con previsiones de crecimiento nada halagüeñas, han comenzado a pasar factura al mercado laboral. En julio, un mes en el que tradicionalmente aumentan los contratos, las oficinas de empleo registraron 3.230 parados más y es necesario remontarse a julio de 2008, el año en el que se inició la crisis económica, para encontrar un dato peor. Mientras, la afiliación a la Seguridad Social sufrió también el impacto de la economía, con una caída de 7.366 afiliados. Los despidos de maestros y profesores antes del verano, una práctica asentada que en muchos casos supone un fraude de ley, son responsables en buena medida de estas históricas caídas.

Hasta 120.006 docentes del Régimen General y del de Autónomos perdieron su empleo en el séptimo mes del año, a los que hay que sumar los 49.200 que lo hicieron en junio. En total, las administraciones y los centros privados y concertados se han deshecho de casi 170.000 docentes en apenas 60 días. Solo en el último día de junio se dieron de baja a más 253.000 trabajadores, de todas las actividades, que estaban afiliados a la Seguridad Social, mientras que en julio las bajas superaron las 73.000. 

Hasta 2011, la norma general es que los profesores que fuesen contratados a principio del curso siguiesen manteniendo su empleo hasta el inicio del siguiente curso -hasta el 31 de agosto en colegios e institutos y el 14 de septiembre, en el caso de enseñanzas medias. El sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) destaca que de esa forma los interinos seguía cobrando en julio y agosto y, de paso, asumían los exámenes de recuperación de septiembre. 

Los despidos de interinos durante los meses de junio y julio han sido un asunto recurrente en los tribunales, con sentencias contradictorias

Pero la puesta en marcha del Real Decreto de 14/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, hizo que buena parte de las comunidades autónomas -sobre las que recae la competencia de educación- decidiesen acabar con ese derecho y forzasen el fin de los contratos antes de agosto. Pese a los numerosos avisos por parte de la Seguridad Social y la vigilancia de los sindicatos, todavía hoy esta práctica sigue estando presente en algunas regiones, algo que evidencia los datos de afiliación dados a conocer ayer. 

Los despidos de interinos en junio y julio han sido un asunto recurrente en los tribunales, con sentencias contradictorias. En junio de 2018, el Tribunal Supremo prohibía despedir a los profesores interinos durante el verano, par ahorrarse salarios y cotizaciones. El fallo del TS coincidía con la tesis mantenida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hasta ese momento, defendida por la Abogada General del Tribunal de Luxemburgo,  Juliane Kokott, que avalaba que estos profesores no pueden ser cesados al finalizar el periodo lectivo ya que lo considera un "trato desfavorable" con respecto a los funcionarios que tienen una plaza fija.

Sin embargo, cinco meses más tarde el TJUE dio un giro y se desmarcó de Kokott, dando a conoce una sentencia el 21 de noviembre de 2018 en la que no consideraba el cese por las administraciones españolas de profesores interinos, nombrados para todo el curso escolar, durante los meses de verano. El Tribunal de Luxemburgo destacaba que la normativa española por la que se permite prescindir de profesores durante la época estival no se oponía al Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada y consideraba que estas situaciones de urgencia y necesidad eran diferentes a las de los docentes funcionarios de carreras, que tenían una relación permanente con su contratador. Entendía además que cuando estos profesores son contratados de manera temporal, la relación contractual se extinguirá cuando se produzca una circunstancia fijada de manera objetiva, como la finalización de una tarea determinada o concluida una fecha concreta y que al extinguirse el contrato de trabajo, no puedan disfrutar de los meses de vacaciones de verano y su cómputo a efectos de antigüedad.

En dos sentencias posteriores, el Tribunal Supremo avaló los despidos antes de verano. El caso juzgado, con sentencia del 16 de julio de 2020, era el de una docente interina que impartió clases durante cuatro cursos seguidos en el mismo y que entendía que la situación planteada por la administración era discriminatoria. El Tribunal concluye que los profesores interinos cesados al terminar un curso y readmitidos al inicio del siguiente no tienen derecho a cobrar los meses de verano. La situación de la trabajadora "no otorga derecho alguno para percibir retribuciones por el periodo de tiempo transcurrido entre el cese anterior y el inicio de una nueva relación de servicio, como tampoco otorga derecho al reconocimiento de otros efectos de índole administrativa, como antigüedad o cómputo de servicios prestados, en relación al indicado periodo", señala la sentencia. Este fallo tenía lugar un año después de otro del mismo tribunal en el que se rectificaba la doctrina seguida hasta ese momento y declaraba la legalidad de estos despidos, como había hecho antes el Tribunal de Justicia de la UE.

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