Derecho de los trabajadores

Qué pasa con las vacaciones si me he visto afectado por un ERTE

Fotografía Oficina de Empleo semicerrada / EFE
Fotografía Oficina de Empleo semicerrada / EFE

Desde el inicio de la crisis, son más de 4 millones de personas las que se han visto afectados por un ERTE. La pasada semana, el Boletín Oficial del Estado publicó el decreto-ley por el que se prorrogaban hasta el 30 de junio. Esto suponía desvincular los expedientes de regulación temporales de empleo del estado de alarma

Además, otra de las novedades que incluye la nueva norma es la exoneración de cuotas para aquellas compañías que vayan retomando su actividad. Quedarían, por tanto, de la siguiente manera: 

Las empresas que reincorporen a un trabajador cuentan con una exoneración del 85% de su aportación empresarial de mayo y del 70% de la aportación de junio, siempre que la empresa tuviera menos de 50 trabajadores, a fecha de 29 de febrero. Si tuviera más, la exención alcanzará el 60% y el 45% en mayo y junio respectivamente. Es decir, en el primer caso la empresa pagará un 15% de la cuota en mayo y un 30% en junio y en el segundo caso un 40% y un 55%, respectivamente.

Está por ver, si la prórroga de los ERTE se extiende todavía más allá del 30 de junio y continúa una vez nos encontraremos en la denominada 'nueva normalidad'. Entonces, ¿qué ocurre con las vacaciones? 

Vacaciones en ERTE

Hay que tener en cuenta que mientras dure un ERTE, el trabajador no generará derecho a vacaciones. En caso de que sea de reducción de jornada, devengará vacaciones de manera proporcional a su 'nuevo contrato'. 

Y qué pasa si estaba de vacaciones cuando me aplicaron el ERTE: ese periodo estival se interrumpirá porque el contrato queda suspendido de forma temporal. Cuando finalice el ERTE, sí que se pueden reclamar esos días. 

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