Ordena el recálculo de la retribución

El Supremo abre la veda a compensaciones millonarias a las eléctricas por las redes

Dicta las primeras sentencias en las que da la razón a las distribuidoras en la disputa que mantienen con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que se les reconozca una mayor cantidad de gastos.

Sede del Tribunal Supremo.
El Supremo abre la veda a compensaciones millonarias a las eléctricas por las redes.
Eduardo Parra / Europa Press

El Tribunal Supremo ha comenzado a dictar las primeras sentencias relacionadas con las reclamaciones que las distribuidoras eléctricas presentaron sobre la retribución de 2019, que reconoce las inversiones de las compañías de dos años anteriores, es decir, de 2017. El Alto Tribunal da la razón a las empresas en la lucha que mantienen con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que se les reconozca unos mayores gastos y abre la veda a compensaciones millonarias.

Hay como mínimo dos sentencias que afectan a dos distribuidoras de menor tamaño, según ha podido saber La Información en distintas fuentes financieras y del sector energético. Las mismas fuentes señalan que se sienta precedente y que se espera el mismo resultado ante las reclamaciones de las grandes, que son Iberdrola, Endesa, Unión Fenosa (Naturgy) y EDP. Por su parte, las más pequeñas, que son centenares, están integradas en asociaciones como CIDE o la Asociación de Empresas Eléctricas (ASEME). 

En una de las sentencias, el Tribunal Supremo considera casi en la totalidad la  retribución por operación y mantenimiento asociada a la labor realizada por la empresa distribuidora que no está directamente ligada a los activos eléctricos, conocida en términos técnicos y legales como ROMNLAE. Las mismas fuentes explican a este periódico que el hecho de no considerar en ROMNLAE los gastos de personal por no justificarlos inicialmente, no puede prevalecer sobre lo dispuesto en la Circular 6/2019 sobre retribución a las distribuidoras.

Pagos con intereses

"El hecho de que existiese insuficiencia de información, no puede equipararse a remisión incorrecta. Si la CNMC abrió un trámite adicional de carga de información o de alegaciones y detectó la falta o insuficiencia de documentación respecto a la información aportada por la empresa recurrente, le debió requerir que aportase o completase dicha documentación antes de prescindir de la información que se había proporcionado. La omisión de dicho trámite obliga a tener por aportada la documentación proporcionada en trámite de prueba", subrayan en conversación con este periódico. 

Asimismo, destacan que ninguna definición del parámetro ROMNLAE excluye que puedan computarse como gastos algunos costes que reportaron las empresas y Competencia no reconoció. De este modo, el Tribunal Supremo ordena el recálculo de la retribución y el pago de la diferencia con intereses.

Ahora se abre un largo proceso y esto es tan solo la punta del iceberg, ya que las distribuidoras han reclamado todas las retribuciones publicadas por la CNMC. La última propuesta de resolución que ha visto la luz es la de 2020 -reconoce las inversiones de 2018- y es "globalmente menor" de la que se ha venido liquidando hasta ahora. En concreto, plantea el reparto de 5.174 millones de euros entre las empresas del sector.

En concreto, la menor retribución viene determinada por la reducción de la tasa de retribución financiera, que bajó del 6,5033% al 6,0033% en 2020. En caso de que se hubiera mantenido la tasa del anterior periodo regulatorio, la retribución del ejercicio estaría en torno a 5.273 millones de euros. Las fuentes consultadas señalan que cuando salga la retribución de 2021, correspondiente a las inversiones de 2019, y se aplique la tasa actual del 5,58%, el pago a las distribuidoras puede caer en más de 100 millones de euros.

Las sentencias y la propuesta de retribución llegan en un momento de plena presión del sector sobre el organismo que preside Cani Fernández. Las distribuidoras están apretando al regulador para que aumente la tasa de retribución financiera para el próximo periodo regulatorio, que abarcará de 2026 a 2031, así como para que se modifiquen los valores unitarios (inversión, operaciones y mantenimiento, otras tareas reguladas, etc), que no han cambiado desde que se fijaron hace ya más de una década. Grandes compañías han advertido ya de que hay riesgo de fuga de inversiones si no se les reconoce determinados gastos y se ajusta la retribución conforme a la inflación.

Otra de las quejas que mantienen es que tienen que invertir a ciegas. De hecho, según el calendario de la CNMC, tendrán que planificar sus inversiones en redes de distribución sin conocer cuánto se les va a pagar por ello durante el próximo periodo regulatorio, que abarcará de 2026 a 2031. El sector demanda un modelo retributivo que vaya parejo a las inversiones y otorgue seguridad jurídica, sin embargo, no se espera hasta final de año una propuesta para la tasa de retribución financiera para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, mientras que las compañías tienen que definir ya su estrategia.

Competencia se ha mostrado dispuesta a elevar la tasa

No será hasta diciembre de este año cuando se lance a trámite de audiencia pública la modificación de la Circular 2/2019, por la que se fijó una tasa financiera del 5,58% para 2020-2025. Según Competencia, que está dispuesta a elevar la tasa, se realizarán determinados ajustes en la metodología de cálculo para adaptarla a los retos de la transición energética, y posibilitar la inversión eficiente en redes. Por su parte, la fecha prevista de adopción se va finales de octubre de 2025.

En este sentido, el sector reclama que se reconozcan ‘ex-ante’ todos los costes e inversiones reguladas que las empresas distribuidoras están declarando en sus auditorías. Un informe de PwC señala que los valores unitarios han perdido un 28% de valor en términos reales a causa de la inflación, lo que ha supuesto que las redes hayan dejado de percibir alrededor de 1.658 millones de euros de retribución. Además, subraya que la tasa de retribución financiera no está alineada al nuevo contexto financiero ni operativo.

Algunas empresas han hecho saber al regulador que la actividad de distribución se caracteriza por tener una alta variabilidad en los costes de expropiación y servidumbres en función del área de distribución en el que se distribuya. Además, destacan que dichos costes son externos a las empresas, que no tienen margen alguno de gestión (Juntas de Compensación, Tribunales, etc.). Por ello, proponen que los costes unitarios consideren esta singularidad y se modifiquen para dar un tratamiento especial a dicha tipología de costes.

La CNMC responde que, según la metodología establecida en la Circular 6/2019, a partir de la retribución del ejercicio 2021 el valor de inversión retribuible se determinará en base a los costes auditados, es decir, los costes realmente incurridos por las empresas, realizándose el ajuste respecto a los valores unitarios de referencia únicamente al final de cada semiperiodo regulatorio y para el conjunto de cada tipología, otorgando con ello mayor flexibilidad a las empresas en la ejecución de sus inversiones.

Retribución sin ajustar a la inflación y límite de inversión

España no actualiza la tasa financiera con la inflación y esta es menor a la de países vecinos como Francia, que está en el 7%. Otro estudio elaborado por Arthur D. Little y publicado por Fundación Naturgy pone de manifiesto que la tasa de rentabilidad del actual periodo regulatorio, aplicable a la retribución entre los años 2020 y 2025, se calculó con información correspondiente a 2012-2017, lo que supone que las referencias utilizadas presenten un desfase de hasta ocho años. 

El Ministerio para la Transición Ecológica también ha abierto la puerta a eliminar el límite a la inversión. El Real Decreto 1048/2013 limita el volumen anual de inversión de todas las distribuidoras eléctricas indicando que no puede superar el 0,13% del PIB (Producto Interior Bruto) de cada año previsto por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. La inversión media entre 2015-2018 fue de 1.482 millones de euros, mientras que el límite para el periodo 2023-2030 se sitúa alrededor de los 2.750 millones de euros.

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