Ayudas económicas

¿Eres amo o ama de casa? Estos son los subsidios que puedes cobrar sin cotizar

Antes de la jubilación existen diferentes ayudas para amos y amas de casa como la RAI, el Ingreso Mínimo Vital o las diferentes ayudas de las comunidades autónomas. Con el retiro, llegan las pensiones no contributivas

Los amos y amas de casa pueden cobrar ayudas económicas estatales y regionales.
 
 

Las tareas del hogar conllevan un gran esfuerzo y responsabilidad. Sin embargo, hacerse cargo de ellas implica no cotizar a la Seguridad Social lo que conlleva a no tener derecho ni a paro ni a bajas remuneradas en la vida laboral ni tampoco poder acceder a una pensión de jubilación contributiva. Pero, a pesar de ello, si se puede acceder a otros tipos de ayudas y subvenciones.

En cualquier caso, las ayudas disponibles tanto en la vida laboral como en la jubilación son muy reducidas, por ello desde Finect recomiendan ahorrar mensualmente por pequeña que sea la cantidad e intentar no perder poder adquisitivo contratando algún producto de ahorro o inversión. Para aquellos que no quieren correr riesgos, los depósitos pueden ayudar a paliar los efectos de la inflación. En cuanto a la jubilación, los planes de pensiones permiten ahorrar a largo plazo sea cual sea el perfil de riesgo del partícipe.

¿Más de 45 años?

Las amas y amos de casa mayores de 45 años tienen derecho a solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI). Se trata de una ayuda estatal dirigida a todos los colectivos sin ingresos y que no perciban ninguna aportación del SEPE, ni prestación ni subsidio por desempleo. Además de la aportación económica, esta ayuda cuenta con un programa específico de inserción o formación con el fin de facilitar la inserción al mercado laboral.

La RAI puede cobrarse durante 11 meses, aunque lo cierto es que se puede solicitar hasta tres veces. La cuantía es del 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), que en 2020 se sitúa en los 537,84 euros. El pago de la renta se realiza cada 30 días en el mes siguiente al que corresponde el devengo. El importe de 430,27 euros al mes suele llegar entre el 10 y el 15 de cada mes.

Ayudas Comunidades Autónomas

Las Comunidades Autónomas conceden Rentas de Inserción a aquellas personas sin ingresos y en riesgo de exclusión social. La cuantía depende de la Comunidad Autónoma y de la situación familiar de la persona que lo solicita. Según las últimas comparativas oficiales del Ministerio de Derechos Sociales (año 2018), la comunidad que ofrece una prestación máxima más alta por unidad familiar es Navarra con 1.221,60 euros, seguida de Cataluña con 1.122 euros. 

Mientras que las comunidades que ofrecen una menor cuantía por unidad familiar son Ceuta (420 euros) y Canarias (667,75 euros). En cuanto a la prestación mínima por titular se encuentra entre los 300 euros de Ceuta y los 644,49 euros de País Vasco. La solitud de la Renta de Inserción resulta un trámite lento y laborioso que puede llevar varios meses.

Ingreso Mínimo Vital

Tal y como indicó el Ejecutivo cuando presentó el Ingreso Mínimo Vital, se trata de una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

Para acceder a esta ayuda hay que cumplir unos requisitos fundamentales: tener entre 23 y 65 años o menos de 23 años con hijos a cargo y ser residentes en España de forma continuada durante, al menos, un año antes de presentar la solicitud, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Además, como indica UGT, se deben cumplir unos requisitos económicos, como que los ingresos mensuales de la unidad familiar sean por lo menos 10 euros menores que la cuantía de la ayuda o que los miembros de la unidad familiar tengan un patrimonio inferior (si son personas solas) a 2,6 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal (16.614 euros), con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar (hasta 36.550 euros si se trata de un adulto y tres o más menores). No se computarán como ingresos las rentas mínimas que pagan las comunidades autónomas.

La renta garantizada de base del Ingreso Mínimo Vital son 461,5 euros mensuales por 12 meses para una persona que vive sola. Si se tienen hijos a cargo o hay más de una persona en el hogar la renta garantizada va aumentando hasta llegar a 1.015 € al mes. Las familias monoparentales (las que tienen hijos al cuidado de un solo progenitor) tienen, además, un suplemento que se suma a la renta garantizada.

De todos modos, el solicitante puede informarse a través de la página web de la Seguridad Social y mediante el asesor virtual, ISSA. También disponen de una herramienta de simulación donde pueden comprobar si cumplen los requisitos para acceder a esta prestación así como de una línea de teléfono para realizar consultas concretas (900 20 22 22).

Lo cierto, es que solicitar el Ingreso Mínimo Vital no resulta sencillo y también, al igual que las ayudas de las comunidades, puede tardar meses. De los 976.000 expedientes tramitados hasta octubre, solo se ha resuelto el 34%, de los cuales el 14% ha sido aprobado y el 20% rechazado. A pesar de ello, según el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo, a finales de noviembre más de 400.000 personas en 150.000 hogares se beneficiaban del ingreso mínimo vital.

Ayuda en la jubilación

Si no se ha cotizado a la Seguridad Social, o se ha cotizado menos de 15 años, llegado el momento de la jubilación también se tiene derecho a una pensión. Se trata de la pensión no contributiva. Para acceder a ella resulta necesario tener más de 65 años y haber residido en España durante al menos 10 años. Además, se deben tener ingresos inferiores a 5.108 euros al año.

No obstante, si son inferiores y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia, sean inferiores a 9.415,28 euros, si son dos convivientes; 13.292,16 euros, si son tres; y 17.169,04, si son cuatro más. La cuantía asciende si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentran padres o hijos. En concreto, a 23,538,20 euros, si son dos; 33.230,40, sin son tres; y a 42.922,60, si son cuatro o más.

La cuantía de la pensión mínima no contributiva es de 98,90 euros y la íntegra de 395,60 euros. Pero si dentro de una misma familia se convive con más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos es de 336,26 euros si son dos; y de 316,48 si son tres o más.

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