Subsidios por desempleo

Los riesgos de guardar lo cotizado de paro: de caducar a no cobrarlo todo

La coyuntura económica ha dejado a muchos sin trabajo y los ha obligado a recurrir a algún tipo de subsidio o prestación para tener tener ingresos.  

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

La pandemia ha asestado un golpe al mercado laboral difícil de digerir. Al menos en términos de desempleo hacía un lustro que no se veían los datos publicados a principios de marzo por los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, cuando España superó de nuevo la barrera de los cuatro millones de parados. Todo después de que en febrero se sumasen 44.436 parados más. 

En definitiva, los datos hablan por sí solos. La coyuntura económica ha dejado a muchos sin trabajo y los ha obligado a recurrir a algún tipo de subsidio o prestación para tener tener ingresos. También hay quien ha optado por reinventarse buscando otro tipo de empleo o hasta dándose de alta como trabajador por cuenta propia. 

Sobre los últimos supuestos, ¿qué ocurre, por ejemplo, con lo cotizado de paro si una persona decide emprender un negocio? ¿Y se puede guardar lo cotizado confiando en encontrar otro trabajo pronto o 'tirando' con los ingresos de otro empleo a jornada parcial? Sí, pero existen riesgos. 

Cuidado con la caducidad 

El SEPE define a la prestación contributiva en su página web como el sustento que "protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su trabajo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%". 

En el momento de solicitar esta prestación, comúnmente conocida como paro, se tienen en cuenta las cotizaciones por desempleo que no se han utilizado en los últimos seis años. Es decir, las más antiguas se tendrán en cuenta para otras cotizaciones como la jubilación u otro tipo de pensiones, pero no para la prestación por desempleo. 

Trabajar a tiempo parcial y guardar el paro

Otro supuesto: una persona que ha perdido su trabajo a jornada completa y encuentra otro a jornada parcial. Puede ocurrir que decida guardar el paro acumulado del empleo anterior y 'tirar' con los ingresos de su nuevo empleo, aunque sean más bajos. 

En esta ocasión sí que se puede guardar la prestación contributiva, pero hay que tener en cuenta que el SEPE siempre tiene en cuenta el último contrato del trabajador. Algo que puede incidir directamente en el importe de la prestación. Es decir, si el último empleo era a media jornada, cobrará el 50% de la misma. 

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