No se eleva el cálculo las prestaciones hasta los 35 años

Los nueve cambios sobre pensiones que el Gobierno ha enviado a Bruselas

La idea que plantea José Luis Escrivá es que esos cambios se vayan aprobando a lo largo de 2021, para que el próximo año ya estén todos en vigor. 

Dos jubilados.
Los nueve cambios sobre pensiones que el Gobierno ha enviado a Bruselas
Imagen de Gundula Vogel en Pixabay.

Finalmente no se elevará el cómputo para el cálculo de las prestaciones de 25 a 35 años. Dentro de la 'última hora de pensiones', esta fue quizás las noticia más relevante durante el día de ayer; no solo por la polémica generada desde que supo que el Gobierno estaba barajando esa medida, sino también porque fue el propio José Luis Escrivá, encargado de la cartera de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el que dijo que esa propuesta nunca había estado sobre la mesa, pese a que el documento -y al contrario de sus palabras textuales- sí que existió (aquí puedes ver el informe publicado por La Información). 

Y esta es precisamente una de las medidas que no se incluyó en el documento definitivo que el Gobierno ha enviado a Bruselas y que ha entregado a patronal y sindicatos. Dentro del 'Plan de recuperación, transformación y resiliencia: reformas en el ámbito laboral y de pensiones', se incluyen hasta nueve reformas que afectan directamente a las pensiones. Orientadas, según se desprende del documento, "a asegurar la sostenibilidad financiera del sistema en el corto, medio y largo plazo, mantener el poder adquisitivo, preservando su papel en la protección frente a la pobreza y garantizando la equidad intergeneracional, apoyándose en el amplio consenso parlamentario sustanciado en la aprobación de las recomendaciones del marco del Pacto de Toledo". 

La idea es que el Ejecutivo vaya aprobando esas nueve reformas de las pensiones enviadas a Bruselas durante el próximo año, para que en el próximo estén todas en vigor. 

1. Financiación de gastos impropios

Según el documento, el conjunto de gastos impropios identificados asciende hasta unos 20.000 millones de euros, de los que tres cuartas partes han sido ya asumidos en los presupuestos de 2021. De modo que la idea para recuperar el equilibrio financiero en el corto plazo se basa en "la culminación del proceso de separación de fuentes de financiación de la protección contributiva y no contributiva". 

¿En qué consiste la reforma? "En la asunción por parte del Estado de partidas de gasto que en la actualidad son sufragadas a través de cotizaciones sociales limitando la capacidad del sistema de afrontar el volumen de gasto en pensiones". Para ello, desde el Gobierno consideran clave "rectificar la imagen distorsionada de desequilibrio del sistema percibida por los ciudadanos" y "afrontar en buenas condiciones los desafíos de largo plazo, principalmente el envejecimiento poblacional consecuencia de la jubilación de la generación del baby boom".

2. Mantener el poder adquisitivo de las pensiones

Como primera de las medidas que integran el bloque que tiene por objeto profundizar en la reforma de 2011, se deroga el Índice de Revalorización de Pensiones introducido por la reforma de 2013 con el fin de garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones en los términos que  plantea el Pacto de Toledo. Según el Ejecutivo, de mantener esta medida se generaría un "alarmante empobrecimiento y una enorme inquietud e incertidumbre en el colectivo de pensionistas y el conjunto de la población".

En contraposición, el Gobierno propone un replanteamiento del mecanismo de revalorización que permita garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones mediante una fórmula la vincule con el IPC y que simultáneamente evite la necesidad de reducciones nominales en el eventual caso de que se produjeran ganancias puntuales de poder adquisitivo, por inflación negativa, por ejemplo.

3. Alinear la edad efectiva con la edad legal de jubilación

Como segunda de las medidas que integran el bloque que tiene por objeto profundizar en la reforma de 2011, se persigue la aproximación de la edad efectiva de jubilación a la edad legalmente establecida. En esta línea, se hace preciso realizar cambios en el sistema de coeficientes reductores de la jubilación anticipada para eliminar distorsiones, incluyendo su carácter regresivo, y racionalizar el recurso a esta modalidad.

4. Adecuar las carreras de cotización a la realidad laboral

Se plantea "ampliar y adecuar" a la realidad actual de las carreras profesionales el periodo de cómputo para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, de forma que contempla la posibilidad de elección de los años a integrar en la base reguladora por encima de los actuales de manera progresiva junto con una revisión del procedimiento de integración de lagunas en la carrera profesional. 

La medida pretende aumentar la progresividad y el carácter contributivo del sistema haciendo que la pensión de jubilación refleje en mayor medida la vida laboral del trabajador y reflejando la realidad de un mercado laboral en el que las interrupciones y las lagunas son cada vez menos excepcionales y afectan de manera particular a las mujeres y a trabajadores que son despedidos en la última mitad de su vida laboral. Como mencionábamos a principio de este artículo, el documento remitido ya no incluye elevar el cómputo a los 35 años, sí que se habla de subirlo, lo que implicaría un recorte de las pensiones. 

5. Sustituir el factor de sostenibilidad por un mecanismo de "equidad intergeneracional" 

La reforma de 2013 introdujo una regulación del factor de sostenibilidad en la que el ajuste en función de la evolución de la esperanza de vida se realizaba sobre la cuantía de la pensión al jubilarse.

En lugar de esto, el Ejecutivo plantea la introducción de un nuevo instrumento en virtud del cual los parámetros fundamentales del sistema serán objeto de revisión periódica en función de la evolución de la demografía y del equilibrio entre la población ocupada y la población pensionista.

6. Nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los autónomos por sus ingresos reales

Se trata de implantar gradualmente un nuevo sistema de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) basado en los rendimientos por la actividad económica desempeñada. De este modo se ha de corregir la distorsión generada por la facultad de elección de la base de cotización que supone una merma de recursos para el sistema y un nivel bajo de acción protectora para los autónomos.

7. Modificación del complemento de maternidad de pensiones

Como medida "prácticamente ultimada" con los agentes sociales de la reforma ha anticipado un nuevo complemento de maternidad que retome el "espíritu original" para cerrar la brecha de género en pensiones existente en el sistema, que "no es aceptable" por un diseño "inadecuado" en el pasado que se ha visto "aguado" tras las sentencias del Tribunal Europeo, de forma que lo puedan disfrutar también los hombres.

El nuevo complemento parte del análisis de las trayectorias de cotización para identificar cuál de los dos progenitores se vio más perjudicado en su carrera contributiva por el nacimiento de cada uno de los hijos, previéndose que en caso de no existir un progenitor particularmente perjudicado se reconozca el complemento a la madre.

8. Impulso de los sistemas complementarios de pensiones

Según el Gobierno, "los sistemas actuales complementarios de ahorro han tenido principalmente un carácter individual, con poco éxito en cuanto a los sistemas de empresa, poco impacto macroeconómico en la incentivación del ahorro a largo plazo, y además, un alto coste fiscal con resultados agresivos". 

Mediante esta reforma se pretende revisar el marco regulador del sistema de pensiones complementarias con el fin de impulsar los planes de pensiones de empleo en el ámbito de la negociación colectiva, preferentemente sectorial. ¿La propuesta enviada a Bruselas? Un nuevo marco jurídico que impulse la promoción de planes de pensiones de empleo mediante la creación de un fondo de promoción pública de libre adscripción que permita dar cobertura a colectivos de trabajadores sin planes de empleo en sus empresas o autónomos, o integrar planes de pensiones de empleo que así lo decidan. 

9. Adecuación de la base máxima de cotización del sistema

El Gobierno sostiene que "la adaptación del sistema requiere de una adecuación gradual las bases de cotización máxima que deberá ser concurrente con una modificación de la pensión máxima para no afectar a la naturaleza contributiva del sistema". 

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