En España hay un límite de cobertura

¿Qué ocurre si mi banco quiebra? Este es el dinero de los ahorros que se garantiza

A pesar de que el servicio financiero está controlado en nuestro país por el Banco de España y también cumplen los requisitos que exige la Unión Europea, pueden entrar en concurso de acreedores. 

¿Qué ocurre si mi banco quiebra? Este es el dinero de los ahorros que se garantiza
¿Qué ocurre si mi banco quiebra? Este es el dinero de los ahorros que se garantiza
¿Qué ocurre si mi banco quiebra? Este es el dinero de los ahorros que se garantiza

Las dudas de los clientes de los bancos han comenzado a surgir en estos últimos días a causa, primero de la bancarrota declarada por el Silicon Valley Bank y ahora, por la situación de desplome en el mercado que está viviendo el segundo mayor banco de Suiza, el Credit Suisse. Muchos son los ahorradores que se preguntan qué podría pasar si su banco quebrase. Y es que, lo primero que piensan es cómo podrán sacar su dinero de la entidad en el caso de que se produzca esta bancarrota. A pesar de que el servicio financiero está controlado en nuestro país por el Banco de España y también cumplen los requisitos que exige la Unión Europea, pueden quebrar. 

¿Cuánto dinero está garantizado en el banco? 

En el caso de que se produzca una situación en España como la que se está viviendo en EEUU o Suiza, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que existe en todos los países de Europa, tiene como propósito dar garantía a los ahorros u otros instrumentos financieros que se depositan en una entidad de crédito cuando no tiene la capacidad de asumir obligaciones y pagos. Esto significa que el FGD responde a las obligaciones entre pequeños ahorradores en el momento en que un banco entra en concurso de acreedores. Pero hay un límite para realizar esta cobertura. Así, se garantiza un máximo de 100.000 euros por titular y cuenta. Un ejemplo es si en una cuenta o depósito que tienen 250.000 euros hay dos titulares, los dos van a poder recuperar hasta 100.000 euros cada uno. 

Es decir, 200.000 euros en total. Si el dinero se encuentra registrado en otra moneda que no sea el euro, el límite será el mismo, 100.000 euros, y se aplicará el cambio que corresponda. Es decir, la persona solamente recuperará esa cantidad aunque tenga varios productos bancarios en la misma entidad -depósitos, cuenta corriente...- aunque tenga más dinero ingresado. Los expertos recomiendan tener el dinero diversificado en varios bancos o con varios titulares para evitar que se produzcan este tipo de situaciones. 

En Estados Unidos, la situación es distinta. En la quiebra del SVB y Signature, solamente estaban garantizados 250.000 dólares por cliente. Sin embargo, el Gobierno, a través del Tesoro norteamericano, decidió ampliar la protección a un 100% a pesar de que existían cuentas con hasta 20 millones de dólares, lo que significa que se hubieran perdido más del 90% de los depósitos del Silicon Valley Bank. 

¿Cuánto te protege el banco ante una quiebra?

Existen varios casos cuya cobertura no tiene límite durante un período de tres meses a contar a partir del momento en que se haya abonado. Así, se encuentran los depósitos procedentes de la venta de un inmueble, de pagos recibidos ligados al matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento y de pagos de prestaciones de seguros o indemnizaciones por perjuicios que sean consecuencia de un delito. 

Así, el importe garantizado solamente implica a los depósitos dinerarios, como es el caso de las cuentas corrientes o de ahorro y los depósitos a plazo fijo, además de los valores confiados a la entidad, como es el caso de acciones o bonos. Esto supone que no todos los productos financieros están asegurados, las inversiones en bolsa, fondos de inversión, planes de pensiones o seguros se quedan fuera de la cobertura.

¿Cuál es el banco más seguro de España? 

Para poner en marcha el pago de los depósitos garantizados por el FGD, la entidad tendrá que ser declarada en concurso de acreedores o el Banco de España debe considerar que no tiene ninguna posibilidad de restituir los depósitos. En el caso de depósitos de valores, la entidad deberá haber sido declarada en concurso y que esa situación conlleve la suspensión de la restitución de los valores o instrumentos financieros o que el Banco de España considere que la entidad no puede cumplir las obligaciones contraídas.

Si se dan esas situaciones, los clientes afectados no tendrán que solicitar la devolución de su dinero, ni asumir ningún coste por ese trámite. Es la propia entidad la responsable de comunicar los datos de los depositantes incluyendo el importe total que tienen depositado. El FGD comprobará los datos y los requisitos y le comunicará al depositante la forma en que se procederá al pago del importe garantizado. El Fondo de Garantía de Depósitos está regulado por el Real Decreto Ley 16/2011 y todas las entidades de crédito en España están obligadas por el mismo a adherirse a este fondo. 

Son muchos los usuarios que deciden depositar su dinero en bancos que no sean 'made in Spain'. En el caso de que sean sucursales de un país no miembro de la Unión Europea, tendrán que unirse al FGD si en su país de origen no existe un fondo similar o si la cobertura es menor a los 100.000 euros. i los bancos operan en nuestro país a través de una filial, no sucursal, los depósitos están asegurados a través del Fondo de Garantía de Depósitos español.

Cuáles son los plazos de solicitud 

Por último, los plazos para estos abonos variarán según el tipo de depósito. Es decir, para los dinerarios, será de siete días hábiles desde que se produzca el hecho que determina el pago. De manera transitoria, hasta el 1 de enero de 2024, se aplicará un plazo de diez días hasta el 31 de diciembre de 2023. Para los depósitos de valores, el plazo es de tres meses. Así, el futuro de los clientes se garantiza en el caso de que su banco quiebre. 

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