Aumenta su cuantía este año

¿Qué jubilados pueden solicitar el complemento de maternidad en 2023?

Tras la revalorización de las pensiones para este año contemplada en los PGE, el complemento para reducir la brecha de género parte de una cuantía fija de 30,40 euros al mes por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. 

¿Qué jubilados pueden solicitar el complemento de maternidad en 2023?
¿Qué jubilados pueden solicitar el complemento de maternidad en 2023?
Europa Press

A día de hoy siguen siendo muchos los jubilados que aún no saben que el complemento de maternidad cambia al complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Esta otra denominación, creada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado a día de hoy por José Luis Escrivá, está vinculado tanto a la maternidad como a la paternidad. Lo cierto es que desde el 4 de enero de 2021, también pueden acceder los hombres que cobren una pensión contributiva y hayan tenido uno o más hijos, siempre que se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. 

El objetivo que se persigue con esta iniciativa es reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional, sobre todo por las mujeres, al asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos, lo que repercute directamente en las cuantías de sus pensiones. Por otro lado, en cuanto a quién beneficia, es importante saber que este complemento solo puede darse a uno de los dos progenitores y se tramita junto con la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Por otra parte, en cuanto a la cuantía para 2023, decir que se contempla cada año en los Presupuestos Generales del Estado correspondiente a ese año en concreto. En el este caso, el importe fijado por el Gobierno de España en los PGE es de 30,40 euros al mes por cada hijo, con el límite de hasta cuatro hijos. 

Además, no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima.  Por lo tanto, se sumará incluso cuando se cobre la pensión máxima, que este año superará por primera vez los 3.000 euros al mes. Asimismo, el máximo a cobrar por el complemento es de 121,60 euros al mes en el caso de que se tengan cuatro hijos o más.

Los pensionistas que pueden cobrar 30,40 euros al mes por hijo en 2023

Las mujeres y los hombres que hayan tenido uno o más hijos y que sean personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad. Cuando se acceda a la jubilación plena desde la jubilación parcial se reconocerá el complemento, si se cumplen los requisitos exigidos a continuación.

  • Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social con una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad.
  • Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.

Cuáles son las incompatibilidades

Estas son las principales incompatibilidades a la hora de recibir este complemento en la pensión contributiva:

  • Será incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas.
  • Si los progenitores son dos mujeres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
  • Si los progenitores son una mujer y un hombre podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la de la mujer.
  • Si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas de menor cuantía.

Casos en los que pueden solicitarlo los hombres jubilados

Para que los varones jubilados puedan acceder al el complemento para reducir la brecha de género deben darse alguna de las siguientes circunstancias:

  • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad
  • Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.

Cómo pedir la ayuda por hijo junto a la pensión

La persona interesada puede pedirlo junto al trámite de solicitud de su pensión contributiva al INSS o al Instituto Social de la Marina en el caso de trabajadores del mar. Si el pensionista dispone de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, podrá hacerlo desde el portal Tu Seguridad Social. En la solicitud correspondiente deberá marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento y rellenar los datos relativos a su hijo o hijos.

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