Sistema de cotización por ingresos reales

Qué autónomos pueden acogerse a la nueva tarifa plana en 2023

La cuota reducida es una de las principales novedades para los trabajadores por cuenta propia que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023, y que se mantendrá durante los próximos tres años, hasta 2025.

Qué autónomos pueden acceder a la nueva tarifa plana de 80 euros en 2023
Qué autónomos pueden acceder a la nueva tarifa plana de 80 euros en 2023
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Los trabajadores por cuenta propia han empezado 2023 con diversos cambios que les afectan de forma directa, y uno de ellos es la nueva tarifa plana. El 1 de enero, entró en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos netos reales. Este modelo se desplegará de forma progresiva durante los próximos tres años -2023, 2024 y 2025- y establece 15 tramos con bases mínimas y máximas, por lo que se aplican cuotas de entre 230 y 500 euros, según los rendimientos. Una de las grandes novedades es que se incluye una tarifa plana de 80 euros, pero esta solo podrá disfrutarla parte de los 3,3 millones de personas sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Así se aprobó en julio de 2022 en Consejo de Ministros, por iniciativa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que lidera José Luis Escrivá.

La tarifa plana consiste en el pago de 80 euros por la cuota de autónomos, en lugar de los 193,94 euros de cuota mínima que se debían pagar en 2022. Aunque al principio estaba pensada solo para los menores de 30 años, después se extendió a todos los nuevos trabajadores por cuenta propia, al margen de su edad.

Por tanto, esta tarifa es una bonificación en la cuota de autónomos que han de pagar. El objetivo del Gobierno de España con el nuevo sistema de cotización es que se ajuste al máximo los pagos para que la Seguridad Social no deje de ingresar por un cálculo más genérico. En un plazo de nueve meses, se espera alcanzar un modelo definitivo.

Los autónomos que pueden beneficiarse de la tarifa plana

Durante los siguientes tres años, entre 2023 y 2025, los trabajadores que se den de alta en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida –tarifa plana- de 80 euros mensuales en los primeros 12 meses de actividad. La solicitud se realiza en el momento de tramitar el alta, según se explica en la página web de la Seguridad Social.

Además, en el momento del alta, podrán pedir una cuota reducida de 80 euros durante los primeros 24 meses los autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.

A su vez, aquellos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua cuota reducida, seguirán disfrutando de la misma hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones.

¿Se puede mantener la tarifa plana más de 12 meses?

Una vez transcurridos los 12 primeros meses en los que se aplica la tarifa plana, esta puede prolongarse durante los siguientes 12 meses para los autónomos que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales vayan a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual que corresponda a ese periodo y así lo soliciten en el servicio que se habilitará en Importass.

En el caso de los autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, finalizado el periodo de los primeros 24 meses, si su rendimiento neto previsto fuese igual o inferior al SMI, podrán solicitar la aplicación de la cuota reducida durante los próximos 36 meses, por importe de 160 euros.

No obstante, quienes disfruten de estos beneficios podrán renunciar a ellos en cualquier momento, con efectos a partir del primer día del mes siguiente al de la comunicación de la renuncia correspondiente. Esta solicitud se puede realizar a través del servicio que se habilitará en Importass.

Requisitos para acogerse a la cuota reducida

Uno de los principales requisitos para beneficiarse de la tarifa plana es que los autónomos no hayan estado dados de alta en los dos años anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o tres años, en caso de haber contado previamente con esta deducción. Otra de las condiciones es no tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda, ni ser autónomo colaborador.

Por otra parte, los que vivan en un municipio de menos de 5.000 habitantes también se podrán beneficiar durante dos años, sin que haya ningún requisito de ingresos inferiores al SMI en el segundo año. Pero tendrán que estar empadronados en el momento del alta como autónomo, darse de alta en Hacienda con una dirección fiscal en dicho municipio y cursar alta en Hacienda indicando la dirección donde se desarrollará la actividad, de manera que se pueda comprobar que cumple el requisito.

Cómo solicitar la tarifa plana de autónomos

Para solicitar la tarifa plana de autónomos hay que hacer varios trámites en Hacienda y en la Seguridad Social. Así, deben darse de alta censal en Hacienda, para declarar la actividad profesional que se podrá facturar.

El siguiente paso es, en un plazo de 30 días, gestionar el alta con la Tesorería General de la Seguridad Social y la afiliación en el RETA, lo que puede hacerse a través del modelo TA0521 y el DNI.

Lo que no puede faltar es darse de alta como autónomo mediante los siguientes pasos: alta en régimen simplificado, alta en Impuesto sobre actividades Económicas y alta en RETA. Cuando se hace la última alta, el Estado aplica de forma automática la tarifa plana de 80 euros.

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