La pensión más compatible de todas

Ayudas compatibles con la pensión de viudedad: subsidios, otras pensiones...

La pensión de viudedad se puede cobrar al mismo tiempo que otras pensiones y rentas del trabajo. Los expertos financieros de 'Finect' presentan todas sus compatibilidades. 

Una jubilada.
Una jubilada.
Imagen de shurkin_son en Freepik.

La pensión de viudedad es una de las prestaciones más conocidas en España, ya que es la ayuda que reciben o han recibido muchas de nuestras abuelas. Actualmente más de 2,35 millones de personas perciben esta prestación todos los meses, según los últimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, correspondientes a agosto.

A pesar de su popularidad, existe un gran desconocimiento sobre las características de esta prestación. Las pensiones de viudedad representan una cuarta parte de las pensiones públicas y más del 90% de sus beneficiarios son mujeres. Esta prestación ha ayudado a evitar situaciones de pobreza a mujeres que no cotizaron en el pasado y que no tenían derecho a percibir una pensión de jubilación.

Los beneficiarios menores de 60 años reciben un mínimo de 522,50 euros al mes en 14 pagas, tras la revalorización del 0,9% aprobada por el Gobierno para 2021. Esta cantidad mínima se eleva hasta los 797,90 euros mensuales si el beneficiario tiene cargas familiares.

La cuantía de la prestación depende del salario o de la pensión que tuviera el cónyuge antes de su muerte, ya que equivale al 52% de la base reguladora del fallecido, aunque puede elevarse al 60% o al 70% en algunos casos. Actualmente, la cuantía media de la pensión de viudedad se sitúa en los 741,35 euros.

Una de las peculiaridades de la pensión de viudedad es su compatibilidad con otras prestaciones. Una misma persona puede cobrar dos pensiones públicas si una de ellas es la de viudedad.

“Las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario, a no ser que, legal o reglamentariamente, se disponga lo contrario. En caso de incompatibilidad, quien tuviera derecho a dos o más pensiones optará por una de ellas. Se exceptúa del principio de incompatibilidad la pensión de viudedad”, explica la Seguridad Social en su página web.

Compatible con la rentas de trabajo

La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo, como es el caso del salario. “La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho”, señala la Seguridad Social.

Por tanto, la pensión de viudedad se puede cobrar al mismo tiempo que cualquier prestación sustitutiva del salario. Por ejemplo, si se queda en paro se puede percibir también la prestación por desempleo; si tiene un hijo, se puede juntar a la prestación por nacimiento y cuidado del menor; o si sufre una enfermedad, se puede compatibilizar con la prestación por incapacidad temporal.

Compatible con la pensión de jubilación

Esta compatibilidad permanece cuando el trabajador finaliza su vida laboral debido a su edad y se jubila. Una misma persona puede recibir a la vez una pensión de viudedad y una de jubilación. Eso sí, existe un requisito: la suma de ambas prestaciones no puede superar el tope máximo anual.

Este tope quiere decir que una persona percibirá como mucho la pensión máxima legal vigente, que se establece cada año. Actualmente está situada en 2.707,49 euros mensuales (o 37.904,86 euros anuales en 14 pagas).

Compatible con la pensión del SOVI 

La pensión de viudedad es compatible con las pensiones del antiguo Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), el sistema de protección de los trabajadores que había antes de la creación de la Seguridad Social.

Al igual que ocurría con la prestación por jubilación, esta compatibilidad también tiene una cuantía máxima. “Cuando concurran la pensión de viudedad y la del SOVI, su suma no podrá ser superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años establecida en cada momento”, explica la Seguridad Social.

Este año la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años se sitúa en 689,70 euros al mes. Por tanto, las dos pensiones no pueden sumar más de 1.379,4 euros al mes. Si la persona viuda supera ese límite, se bajará la cuantía del SOVI en la cantidad necesaria para no exceder el tope.

Compatible con un nuevo matrimonio

Si la persona viuda se vuelve a casar, no pierde automáticamente la pensión al contraer nuevo matrimonio o formalizar una pareja de hecho. La Seguridad Social explica que se puede seguir cobrando la pensión de viudedad si se cumplen tres requisitos:

  • Ser mayor de 61 años o menor y tener también una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una discapacidad en grado superior al 65%.
  • La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos del pensionista. Es decir, si la pensión representa el 75% del total de ingresos del beneficiario.
  • La pareja tiene que tener unos ingresos anuales que no superen dos veces el importe anual del salario mínimo interprofesional vigente. Actualmente, el salario mínimo se sitúa en 13.300 euros anuales, es decir, 950 euros al mes en 14 pagas.
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