Aumento en la cuantía

Pensión por incapacidad permanente total: así puedes cobrar un 20% más

En España, la Seguridad Social establece que los trabajadores que sufren una enfermedad, lesión o accidente por la que ven reducida o anulada su capacidad laboral se convierten en pensionistas que cobran el 55% de la base reguladora, aunque puede llegar a ser el 75%.

Pensión por incapacidad permanente total: así puedes cobrar un 20% más
Pensión por incapacidad permanente total: así puedes cobrar un 20% más
David Zorrakino / Europa Press

La Seguridad Social otorga en España una pensión por incapacidad permanente total a los trabajadores que sufren una enfermedad, lesión o accidente por la que ven reducida o anulada su capacidad laboral. Los beneficiarios reciben una prestación social cuya cuantía equivale al 55% de la base reguladora. Pero es posible que estos soliciten un aumento del 20% en el importe que perciben. De esta forma, los pensionistas pueden llegar a cobrar el 75% de la base reguladora, siempre y cuando cumplan los requisitos.

El organismo gestionado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que lidera José Luis Escrivá, contempla cuatro grados de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y de gran invalidez. Mientras que, con el primer tipo es posible seguir trabajando en la misma profesión, la absoluta permite volver al mercado laboral, pero a otro trabajo distinto, no al habitual. No obstante, la pensión puede compatibilizarse con otras actividades laborales que no entren en conflicto con el grado de invalidez que se ha reconocido.

Por ello, puede darse el caso de que las personas con incapacidad permanente vuelvan a trabajar, cotizar e, incluso, solicitar las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), como el subsidio para mayores de 52 años. Este es uno de los más conocidos, puesto que se puede cobrar hasta que se alcanza la edad legal de jubilación y cotiza para la pensión.

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Requisitos para cobrar un 20% más de incapacidad permanente

El principal requisito para poder recibir un 20% más de pensión contributiva es que la incapacidad permanente total pase a ser una incapacidad permanente total cualificada. De esta forma, se cobra el 75% de la base reguladora.

A ello se une, que el beneficiario ha de haber cumplido 55 años o más y estar en situación de desempleo, pero no cobrar a la vez una prestación por desempleo que se haya generado por haber ejercido un trabajo anteriormente.

Otra de las principales cuestiones que se han de tener en cuenta es que, por norma general, la pensión de incapacidad permanente total es compatible con otras actividades laborales diferentes a la profesión habitual. En el caso de la incapacidad permanente cualificada, si una persona consigue la subida del 20% de sus ingresos, y después inicia una nueva actividad laboral compatible con su situación, no perderá el derecho a cobrar la pensión. Sin embargo, la Seguridad Social reduce la cuantía al 55% de la base reguladora, puesto que se ha iniciado otro trabajo.

¿Cómo se puede solicitar el aumento del 20%?

Solicitar la incapacidad permanente total cualificada y el correspondiente aumento del 20% en la pensión es sencillo: puede hacerse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

No hay que olvidar que es fundamental que la persona que pide la prestación debe reunir las condiciones que marca la administración y, sobre todo, tener asignada la incapacidad permanente total, no parcial, absoluta o de gran invalidez. Esto se debe a que con estos grados no es posible disfrutar de un aumento del 20% de la cuantía.

No obstante, la Seguridad Social se reserva el derecho a revisar la pensión, como mínimo, hasta que la persona que la recibe alcance la edad ordinaria de jubilación.

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