Esta pensión también subió en 2021

Pensión por incapacidad permanente: requisitos para cobrar 995 € de media

Permite optar a una pensión que es mayor para quienes cumplen las condiciones del último de los cuatro grados de enfermedad reconocidos. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

La pensión por incapacidad permanente es una prestación que da el Estado a personas que ven “reducida o anulada su capacidad laboral”, explica el Ministerio de Seguridad Social. Un blindaje económico para cubrir la pérdida de ingresos de todos aquellos cuya salud les impide seguir en el mercado laboral.

Esta ayuda pública no es homogénea y presenta cuatro grados diferentes según la situación de cada persona que reúne los requisitos para recibirla. Dependiendo del grado de incapacidad, la Administración exige cumplir unos requisitos generales y de cotización. Cuando la incapacidad se debe a un accidente (tanto de trabajo como fuera de él) o a una enfermedad profesional, no se exigirán cotizaciones previas.

Con independencia del grado de incapacidad, la ley recoge algunas condiciones que el particular debe cumplir para optar a una pensión por incapacidad: estar dado de alta en la Seguridad Social, tener menos de 65 años y no estar en disposición de percibir una jubilación no contributiva, contar con un certificado de incapacidad avalado por expertos y cubrir el periodo mínimo de cotización según la edad (salvo cuando la incapacidad se produjo por accidente o enfermedad profesional, una circunstancia con la que no hará falta haber cotizado en el pasado para conseguir la prestación).

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Incapacidad permanente parcial

Es el supuesto de incapacidad menos grave. Ocasiona al trabajador una disminución del rendimiento de más del 33% en su profesión. Sin embargo, el empleado sí es capaz de hacer tareas fundamentales del puesto de trabajo. Por ello, la cuantía pública que una persona puede recibir en esta situación equivale a 24 mensualidades de la base reguladora con la que se calculó el subsidio de incapacidad temporal.

Para recibir el dinero, que se abona en un pago único, la Seguridad Social fija un criterio específico para este nivel de incapacidad: no haber cumplido 67 años o 65 cuando se acrediten 38 años y seis meses cotizados. Además, cuando la incapacidad permanente parcial la causó una enfermedad común, se exige tener cotizados 1.800 días en los 10 años anteriores al diagnóstico.

Incapacidad permanente total

Un escalón por encima, el dinero que se puede llegar a percibir de pensión vuelve a depender del origen de la enfermedad y de la edad de la persona afectada. Sin embargo, las condiciones y la compensación económica mejoran. La incapacidad permanente total afecta a trabajadores que por una lesión no pueden volver a ejercer su profesión habitual, aunque sí otras distintas. Conlleva una pensión del 55% de la base reguladora (y de hasta el 75% para personas de más de 55 años desempleadas).

¿Qué condiciones se exigen? No llegar a la edad de jubilación o hacerlo sin derecho a percibir la ayuda (por tener menos de 15 años cotizados), salvo que la causa de la incapacidad sea una enfermedad profesional o un accidente. Si se trata de una enfermedad común, los menores de 31 años deben tener cotizado un tercio del tiempo desde que cumplieron 16 años hasta el comienzo de la incapacidad. Los mayores de 31 tienen que tener obligatoriamente cinco años cotizados.

Incapacidad permanente absoluta

El tercero de los cuatro escalones implica que un trabajador no puede realizar ninguna actividad laboral. Este supuesto permite a los beneficiarios acceder a una pensión que equivale al 100% de la base reguladora. Para calcular la cuantía se siguen los mismos requisitos de la incapacidad permanente total.

Gran invalidez

La Seguridad Social contempla un grado extremo de incapacidad. Traducido a ayudas económicas, las personas con gran invalidez reciben un complemento económico adicional a la pensión. Se reconoce cuando la dolencia limita toda actividad profesional y también impide hacer las actividades básicas de la vida diaria. Es decir, la cuantía que recibe una persona en esta situación la forman por una parte el dinero de la incapacidad permanente (total o absoluta) y por un extra que el sistema público reconoce como complemento para pagar a quien atiende a la persona incapacitada.

El complemento se calcula añadiendo el 45% de la base mínima de cotización y el 30% de la última base de cotización del trabajador. En todo caso, la cantidad a percibir nunca será inferior al 45% de la pensión que se reciba sin este complemento, es decir, la cuantía de incapacidad permanente absoluta.

¿Cuánto se cobra con la pensión por incapacidad?

Como ya se ha explicado en este artículo, las cuantías mensuales y anuales parten de la base reguladora y dependen del grado de incapacidad. De este modo, varía la cuantía a percibir para cada caso concreto.

Sin embargo, sí se puede establecer una media mensual. Con la subida del 0,9% para las pensiones contributivas y del 1,8% para las no contributivas que entró en vigor este año, la cuantía media de la pensión por incapacidad permanente sube casi 9 euros en 2021.

Los cálculos efectuados por 'La Información' en base al Plan Presupuestario del Ejecutivo muestran que la cuantía media mensual de esta prestación pasa de los 985,57 € a los 994,44.

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