Fin de la vida laboral

Se puede pedir la jubilación anticipada sin perder parte de la pensión

La edad ordinaria de jubilación son los 66 años y cuatro meses, aunque es posible dejar de trabajar antes. La jubilación anticipada permite adelantar el retiro, pero afecta al jubilación. ¿Siempre? El INNS lo explica

Se puede pedir la jubilación anticipada sin perder parte de la pensión
Se puede pedir la jubilación anticipada sin perder parte de la pensión
Pixabay

Cada año que pasa la edad de jubilación en España aumenta y seguirá haciéndolo hasta alcanzar los 67 años en 2027, siempre que no haya más reformas que alarguen todavía más la vida laboral hasta los 72 años.

Ahora mismo la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 4 meses para quienes hayan cotizado menos de 37 años y 9 meses y de 65 años para quienes hayan trabajado más de ese periodo. 

Muchas personas no quieren esperar tanto para jubilarse y buscan fórmulas para adelantar ese momento. La forma de hacerlo es a través de la jubilación anticipada, que puede ser voluntaria o forzosa.

La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar dos años la edad de retiro. Es decir, en 2023 sería posible dejar de trabajar a los 64 años. Con la jubilación forzosa se puede anticipar el retiro hasta en cuatro años y jubilarse a los 62 años, aunque acreditar este tipo jubilación anticipada es más complicado.

¿Es posible la jubilación anticipada sin perder dinero de la pensión?

Jubilarse antes de tiempo afecta a la cuantía de la pensión. La respuesta general a si es posible pedir la jubilación anticipada y cobrar el 100% de la pensión es negativa.

Para el común de los trabajadores y profesiones, adelantar el retiro equivale a perder una parte de su pensión. Y es que, la Seguridad Social aplica una serie de reductores a la pensión pública a la hora de calcular la de quienes se jubilan antes de tiempo.

¿Qué cantidad de pensión te quedará con la jubilación anticipada?

No se puede acceder a la jubilación anticipada sin perder parte de la pensión, pero ¿Qué cantidad se resta exactamente? La respuesta depende del número de años cotizados y cuando te jubiles.

En función de esos dos parámetros, el porcentaje que se restará a la pensión de jubilación será mayor o menor. La norma general es clara: cuanto más tiempo cotizado, menor es el porcentaje reductor, del mismo modo, que cuanto antes te jubiles, mayor será es ese porcentaje.

Por ejemplo, la pensión que te queda por jubilarse anticipadamente a los 64 años será entre un 21% y un 13% menor según los años cotizados. Así se distribuyen estos porcentajes.

  • Coeficiente reductor del 21% para la jubilación con menos de 38 años y 6 meses de cotización.
  • Coeficiente reductor del 19% para la jubilación anticipada con menos de 41 años y 6 meses (y más tiempo que en el punto anterior).
  • Coeficiente reductor del 17% para la jubilación anticipada con menos de 44 años y 6 meses (y más tiempo que en el punto anterior).
  • Coeficiente reductor del 13% para la jubilación anticipada con más de 44 años y 6 meses. En este sentido, cada mes trabajado cuenta.

La jubilación anticipada forzosa funciona igual, aunque aplica unos coeficientes ligeramente distintos. En cualquier caso, anticipar la jubilación sigue suponiendo perder parte del dinero de la pensión.

Los trabajadores que sí pueden jubilarse antes sin perder pensión

Lo que has visto hasta ahora es la norma general, la que se aplica a la mayoría de trabajadores. Hay una serie de excepción con los se puede incluso acceder a la jubilación a los 52 años y cobrar el 100% de la pensión y otros con los que jubilarse de forma anticipada a los 55 años.

Es un grupo de profesiones de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y que permiten acceder antes al retiro. En estos casos, la Seguridad Social aplica una serie de reductores sobre la edad ordinaria de jubilación.

Los grupos que se pueden beneficiar de esta medida son:

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
  • Personal de vuelo.
  • Trabajadores ferroviarios.
  • Bomberos.
  • Miembros de la Ertzaintza.
  • Policías locales.
  • Artistas.
  • Trabajadores del Mar.
  • Profesionales taurinos.

En el caso de los profesionales taurinos, no verán reducida la pensión si alcanzan un número concreto de festejos.

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