Retiro parcial

Tres únicos casos en los que estando jubilado se puede seguir trabajando

Un trabajador puede solicitar una pensión por jubilación y, a la vez, seguir en activo trabajando gracias a la jubilación parcial, flexible o activa. Estas tres vías permiten mantener ambas retribuciones pero el importe de la pensión solo alcanzará el 100% en uno de los supuestos.

La jubilación no está reñida con el empleo: así puedes cobrar la pensión y seguir trabajando
La jubilación no está reñida con el empleo: así puedes cobrar la pensión y seguir trabajando
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Trabajar y cobrar una pensión de jubilación en España es compatible, aunque no con carácter general. La Seguridad Social prevé tres únicas supuestos en los que es posible mantenerse activo laboralmente y percibir la pensión pública al mismo tiempo: jubilación parcial, la jubilación flexible y la jubilación activa.

De las tres opciones posibles, solo una permite cobrar el 100% de la pensión. Lo que todas cuentan son con sus propias ventajas y requisitos.

¿Qué es la jubilación parcial y quienes pueden optar a ella?

Es la fórmula más sencilla para compatibilizar empleo y pensión de jubilación y es una de las más utilizadas por las empresas mediante el contrato de relevo.

Funciona como una reducción de jornada. Con la jubilación parcial dejas de trabajar unas horas y cobras la pensión proporcional al tiempo que ya no estás empleado. En concreto, la jornada debe reducirse entre un 25% y un 50% con carácter general y en un 75% en determinados casos dependiendo de su se hace o no con contrato de relevo.

La edad mínima para acceder a la jubilación parcial también depende de si hay o no contrato de relevo. Este tipo de contrato laboral es el que firma el empleado que entrará a sustituir y suplir las horas que ya no cubrirá la persona jubilada parcialmente.

Sin contrata de relevo, habrá que alcanzar la edad ordinaria de jubilación, mientras que con él la edad mínima será de 60 años para los mutualistas y los 62 años y 4 meses para el resto. Esta edad se va incrementando hasta alcanzar los 63 años en 2027.

Las condiciones también son distintas en ambos casos. Sin el contrato de relevo solo hay que cumplir los requisitos para cobrar la pensión contributiva. Es decir, haber cotizado 15 años y dos de ellos en los 15 anteriores a la jubilación parcial.

Con el contrato de relevo el periodo cotizado aumenta y también es necesario acreditar un mínimo de 6 años de antigüedad en la empresa.

¿Qué es la jubilación flexible?

Esta modalidad de jubilación con trabajo permite a un jubilado volver al mercado laboral sin perder el derecho a su pensión.

El objetivo es volver a trabajar después de haberse jubilado compatibilizando el salario con los ingresos del retiro. También funciona mediante una jornada parcial y solo se puede acceder a ella mediante el trabajo por cuenta ajena. En otras palabras, que no se puede solicitar para emprender un negocio o trabajar como freelance.

La jornada laboral en este caso podrá ser de entre un 25% y un 50% de la de un trabajador a tiempo completo comparable. Estos empleados son los que tienen el mismo tipo de contrato y realizan un trabajo similar al del jubilado flexible.

Como en el caso anterior, la pensión pública se reducirá de forma proporcional a la jornada de trabajo. De esta forma, se puede cobrar el 25% de la pensión con una jornada laboral del 75% del tiempo normal, por ejemplo.

Los jubilados con una jubilación flexible seguirán cotizando mientras trabajen y cuando dejen de hacerlo volverán a cobrar su pensión íntegra, que se recalculará sumando los nuevos periodos cotizados.

¿Qué es la jubilación activa?

Esta modalidad es la que permite disfrutar de la pensión y trabajar por cuenta propia o ajena. Es la fórmula para emprender o trabajar como profesional freelance y cobrar la pensión. También permite al jubilado tener un contrato a tiempo completo y sin límites.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, podrán cobrar el 50% de su pensión, aunque sin añadir el complemento a mínimos mientras se cobre la pensión y se trabaje al mismo tiempo.

Por su parte, los autónomos que tengan por lo menos un trabajador contratado podrán cobrar el 100% de la pensión con la jubilación activa.

En ambos catos se cotizará a la Seguridad Social. Los autónomos lo harán con su cuota, que no incluye rebajas y los empleados por cuenta ajena con una cotización reducida más un 8% por solidaridad.

Esta fórmula para cobrar la pensión y trabajar es la más beneficiosa, pero también la más estricta en cuanto a sus condiciones. Solo podrán acogerse a ella quienes hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación más un año y tengan derecho a cobrar el 100% de su base reguladora.

Estas son las tres opciones para trabajar y cobrar la pensión, cada una con sus ventajas y desventajas.

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