El doble que en 2008

Jubilación activa o parcial: casi 315.000 mayores de 65 se aferran a un trabajo

La incertidumbre, el miedo a una pensión demasiado baja y la imposibilidad de compatibilizar la prestación contributiva con un empleo ha disparado el número de trabajadores en edad de estar disfrutando el retiro.

Trabajadores Industria
Jubilación activa, parcial... casi 315.000 mayores de 65 se aferran a un trabajo.
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La reforma de pensiones, diseñada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, tiene entre sus principales objetivos que los mayores de 65 años, una edad que, si se acredita haber cotizado 38 años y medio, permite jubilarse sin penalización, se mantengan en el mercado laboral el mayor tiempo posible y que sigan generando ingresos al sistema, evitando además un gasto extra en prestaciones. El ministro de las pensiones ha insistido en que demorar el retiro solo unos meses tiene un efecto muy positivo en el sistema y contribuye a garantizar el pago de las prestaciones en el medio y largo plazo.

Unido a los incentivos ya en vigor desde enero dirigidos para que los trabajadores retrasen su retiro, existen numerosos mecanismos -jubilación activa, parcial, flexible o la demorada- que permiten compatibilizar el cobro de estas prestaciones con un empleo y seguir activos después de los 65 años. Prácticamente, hay una alternativa para cada perfil, pero el miedo a una pensión demasiado baja está detrás de la mayoría de las decisiones que apuestan por seguir trabajando pese a que la respuesta mental y física no sea la misma que la de un joven. 

Qué pensión de jubilación me corresponde

La Encuesta de Población Activa (EPA) y las estadísticas de la actual reforma o de las anteriores, o de las necesidades de ingresos, cada vez hay más trabajadores por encima de los 65 años y más, que pese a no llegar a esa edad, están jubilados y, al tiempo, cobrando parte de su pensión. Hasta 315.000 trabajadores, un porcentaje no muy significativo, pero que seguirá aumentando en los próximos años sobre el total, estaban trabajando después de los 65, pese a las dificultades que supone mantener un empleo o lograr uno nuevo a esa edad.

Mientras, el año pasado se registraban 288.000 jubilados y pensionistas de gran invalidez o de invalidez absoluta y ciudadanos con edades superiores a 65 años inscritos en los servicios públicos de empleo como demandantes de un empleo. En ningún caso, este importante número de demandantes no se contabilizan como parados. Forman parte de un grupo en el que también están los demandantes que solicitan un empleo para un período inferior a 3 meses, los estudiantes menores de 25 años que buscan su primer trabajo, los asistentes a cursos de formación profesional o los que quieren teletrabajar o hacerlo en el extranjero.

Cómo cobrar toda la pensión y seguir trabajando y cotizando

La Seguridad Social destaca todas las vías y opciones para obtener un extra de ingresos para compensar pensiones que en el 53% de los casos no llegan a 1.000 euros. La Ley deja claro que es posible compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo parcial, por ejemplo. En esta situación, la paga de la pensión será menor en proporción al tiempo de trabajo, que supone un sueldo. Junto a esa posibilidad, destaca el ministerio que la pensión de jubilación también es compatible con la realización de trabajos por cuenta propia, cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -1.000 euros en 2022-.

También es posible mantener la titularidad de un negocio y el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad. Además, la pensión de jubilación es compatible con el ejercicio de la actividad de profesionales sanitarios jubilados médicos y enfermeros menores de 70 años. Estos profesionales podrán ser reincorporados al servicio activo por la autoridad competente de la comunidad autónoma, al amparo de lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Esta reincorporación podrá ser tanto a jornada completa como a tiempo parcial.

El retiro activo permite recibir la mitad de la pensión de jubilación, pero los autónomos cuentan con una serie de beneficios muy atractivos

Novedades y requisitos de la Jubilación Activa para autónomos

Mientras, otra de las opciones que interesan a cada vez más pensionistas, es la Jubilación Activa, que permite cobrar la pensión de jubilación contributiva y al tiempo realizar cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia con una serie de condiciones. Así, el acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación ordinaria, por lo que quedan fuera los que anticiparon su retiro. 

En el caso del retiro activo, la cuantía de la pensión de jubilación será equivalente al 50% del importe de la prestación reconocida, aunque si la actividad se realiza por cuenta propia -autónomos- y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100%. La disposición final sexta bis de la LGSS también prevé la posibilidad de que se amplíe a futuro esta compatibilidad del 100% a los trabajadores por cuenta ajena y al resto de trabajadores por cuenta propia.

Además se contempla que la pensión se revalorice en su integridad de acuerdo al IPC -Índice de Precios al Consumo-, por lo que estas prestaciones experimentaran la subida del 8,5% el próximo año. Sin embargo, mientras se mantenga el trabajo compatible, el importe de la pensión más las revalorizaciones acumuladas se reducirá en un 50%, excepto en el supuesto de realización de trabajos por cuenta propia con asalariados. Los pensionistas no tendrá derecho a los complementos a mínimos durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo. La excepción más destacada es que esta modalidad de jubilación quedan fuera los altos cargos del sector público.

Jubilación demorada, un retiro con muchos incentivos

Desde el 1 de enero, retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria puede resultar rentable. Entre las novedades de la nueva Ley se garantiza el poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo del sistema, está el incremento de los incentivos para prolongar tu vida laboral y retrasar la edad de jubilación, conocido como jubilación demorada. Según recoge la Seguridad Social, existe la posibilidad de recibir un pago único a tanto alzado por año de demora. El importe, que oscila entre 5.000 y 12.000 euros, varía en función de los años de cotización acreditados en la fecha de tu jubilación ordinaria. También es posible un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria.

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