Cambio de criterio

El 'indefinido no fijo' es insuficiente para sancionar el abuso de contratar interinos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aplica por primera vez la respuesta del TJUE en la que invitaba a convertir al personal laboral en fijo si habían encadenado contratos temporales, como medida preventiva y sancionadora. 

ministro de Función Pública, José Luis Escrivá
El 'indefinido no fijo' es insuficiente para sancionar el abuso de contratar interinos. 
Agencia EFE

La normativa española no tiene medidas suficientes para condenar el abuso de la contratación temporal en el seno de la Administración Pública. Así lo entiende el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), quien señala la conversión del personal laboral que haya encadenado varios contratos eventuales en indefinidos como principal alternativa a esta laguna legal, en lugar de optar por el 'indefinido no fijo', como se venía haciendo hasta el momento. Esta posición fue utilizada tan solo un día después por el Juzgado de lo Social número 26 de Madrid para calificar de fija la relación laboral de una trabajadora y Telemadrid, lo que abre la vía para muchas otras personas en su situación. 

El TJUE lo explicó en su respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) antes de decidir sobre dos empleados de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). El escrito dio lugar a grandes cifras y conclusiones rápidas sobre el número de interinos que ayuntamientos, comunidades autónomas y la Administración General del Estado tendrían que convertir en indefinidos, si bien el ministro de Transformación Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, llamó el pasado viernes a la calma a la espera de que los tribunales españoles dicten sentencia al respecto. Además, los expertos creen que la materia llegará al Tribunal Supremo, dado que contradice la jurisprudencia sentada hasta el momento. 

El magistrado de la sala de lo social de Madrid reconoce en la sentencia que un día antes habría rechazado la "pretensión de fijeza" para este tipo de casos, dado que el Supremo ha mantenido durante años que un trabajador que hubiese accedido a un contrato temporal fraudulento -en tanto que es abusivo- no podía ser considerado como indefinido por no cumplir con los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en la Constitución; con independencia de si había accedido a este a través de una bolsa de empleo o superado un proceso de selección. Y que, por tanto, hasta esa fecha tenía que recibir la calificación de 'indefinido no fijo' que a todos los efectos tenía la consideración de relación laboral temporal

Esta figura surgió, en consecuencia, como punto intermedio, ya que en el sector privado la solución sería convertir el trabajador en indefinido. Todos los estados miembros están obligados a dotarse de medidas para "prevenir los abusos como consecuencia de la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada" según la cláusula del Acuerdo Marco al que hace referencia el TJUE. Por lo que ante la ausencia de otras, plantea que la medida sea el convertir a los trabajos temporales (también los indefinidos no fijos) a indefinidos. Aunque esta podría no ser la única alternativa, a la espera de ver cómo la aplican los tribunales. 

En la citada sentencia, el Magistrado también defiende que el TJUE considera que la indemnización establecida en 20 días por año trabajado no son suficientemente efectivas para "castigar el abuso de las Administraciones Públicas y del Sector Público en general han realizado de la contratación temporal", porque el abono de esta indemnización -que se corresponde con la del despido procedente- no va ligada al carácter abusivo o no del contrato temporal, además de no conllevar efectos disuasorios para la administración contratante. Por lo que esta podría ser otra vía a explorar por los tribunales y el legislativo español. 

Los sindicatos celebran el giro

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha celebrado el resultado de la sentencia y ha expresado su optimismo respecto a que el resto de los trabajadores eventuales de Telemadrid puedan adquirir la condición de fijo, según han explicado en rueda de prensa este miércoles, tras valorar el pronunciamiento del TJUE. En opinión de este sindicato, el tribunal europeo impugna los procesos de estabilización pactados con los representantes de los trabajadores mayoritarios (CCOO, UGT y CSIF), a pesar de que estos últimos no comparten el diagnóstico y solo cuestionan que estos procesos estén incluidos entre las posibles sanciones para evitar el abuso del sector público. Así, desde CSIF pedían "prudencia y que no se generen expectativas a corto plazo". 

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