Individuales o de cónyuges

Esta será la aportación máxima a los planes de pensiones en 2021

Sus ventajas fiscales se resumen en el derecho a aplicar reducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)​ sujetas a ciertas restricciones. Estos límites fiscales dependen del territorio.

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Esta será la aportación máxima a los planes de pensiones en 2021
Imagen de Frauke Feind en Pixabay

En muchas ocasiones, los planes de pensiones son herramientas útiles para mantener el nivel de vida y cubrir un número de contingencias que de otra manera no se podrían costear después de la jubilación. La nueva fiscalidad del 2021 generará mejores condiciones para aportar a los planes colectivos de jubilación y más limitaciones para los privados, si atendemos a sus desgravaciones fiscales. 

¿El motivo? Este nuevo año ha llegado con unos presupuestos generales del estado renovados, algo que no es baladí si se tiene en cuenta que España llevaba con las cuentas públicas de Cristóbal Montoro desde 2018. Así, una de las novedades que recoge el nuevo texto es que se reducirán las aportaciones máximas de los planes de pensiones individuales de 8.000 a 2.000 euros, por lo que es recomendable ingresar mayores cantidades de dinero que en años pasados para aprovechar las ventajas fiscales.

Las aportaciones se realizan y acumulan en proporción a la capacidad económica de los partícipes y son flexibles, pudiendo disfrutar de un carácter periódico mensual, trimestral o anual, o extraordinario. Sus ventajas fiscales se resumen en el derecho a aplicar reducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sujetas a ciertas restricciones. Estos límites fiscales se pueden aplicar a las reducciones por las aportaciones a los planes dependiendo de las comunidades. 

En la totalidad del territorio español excepto el País Vasco y Navarra (que tienen autonomía fiscal) se puede desgravar hasta 8.000 euros anuales o 30% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas si es menor. El límite se puede incrementar hasta 2.500 euros anuales por las aportaciones a planes de pensiones de cónyuges únicamente si no se obtienen los rendimientos de trabajo ni de actividad económoca o cuando su suma es menor a 8.000 euros.

En Navarra, los partícipes menores de 50 años podrán reducir la menor de las cifras entre 3.500 euros anuales y el 30% de la suma de sus rendimientos de trabajo y actividades económicas. En el caso de los mayores de 50 años, estas cifras aumentan hasta el 50% de la suma de sus rendimientos de trabajo y los 6.000 anuales. El incremento adicional del límite de 2.000 euros anuales por aportaciones a planes de pensiones de cónyuges corresponderá a quienes no obtengan los susodichos rendimientos o si su suma es menor a los 8.500 euros.

Por último, en el País vasco, los límites fiscales de las reducciones son 5.000 euros anuales por aportaciones de partícipes, 8.000 euros anuales por contribuciones empresariales y su límite conjunto no puede superar los 12.000 euros. El incremento del límite queda en 2.400 euros adicionales por aportaciones a planes de pensiones de cónyuges si no se obtienen rendimientos a integrar en la Base Imponible General o si las rentas no superan los 8.000 euros anuales.

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