Pendientes de la prórroga

ERTE por rebrote: ayudas si la empresa cierra y condiciones de los trabajadores

En el último BOE, se incluía un tercer tipo excepcional para estos casos en los que las compañías se beneficiaban de unas exoneraciones de cuotas algo mayores que las anteriores.

Billetes de euros.
Billetes de euros.
Dom J de Pexels.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, avanzó, la semana pasada, que quedan menos de un millón de trabajadores acogidos a Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Se trata, por tanto, de un 72% menos del pico de la curva que se alcanzó a principios de mayo (794.000), cuando el Gobierno paralizó también la actividad no esencial. La mayoría, han sido por fuerza mayor.

Ahora, el Ejecutivo espera el acuerdo definitivo para sacar adelante una nueva prórroga de los ERTE, sobre todo, teniendo en cuenta la situación actual de contagios que ya ha obligado a confinar algunos territorios. Por ahora, las comunidades más afectadas son Madrid, Cataluña País Vasco y Aragón.  

Así, las cosas, ¿qué ocurre si mi empresa cierra por un rebrote? ¿Hay alguna modalidad de ERTE al respecto? 

Exoneraciones mayores

En el BOE que recogía el Decreto Ley de la anterior prórroga de los ERTE a finales de junio, se incluía un tercer tipo excepcional que tenía que ver con casos de rebrote en el supuesto de que se obligase a cerrar del todo la actividad. 

Así, la exoneración de cuotas son mayores que la anterior vez: 

  • Del 80% para empresas de menos de 50 trabajadores
  • ​Del 60% para las más grandes

Lo que no cambia es que las empresas que tengan su sede en paraísos fiscales, no podrán acogerse a estos descuentos. Las compañías de 50 empleados o más, no podrán repartir dividendos del ejercicio 2020. 

Por otro lado, no se podrán realizar horas extra o contratar o externalizar servicios mientras dure el ERTE. Esto solo podría hacerse en el caso de que las personas que están afectadas no tienen formación o capacidad para asumir los nuevos puestos. 

Trabajadores afectados

Todos los trabajadores afectados, en ERTE parcial o total, así como en el caso de que haya nuevos rebrotes, seguirán teniendo las mismas condiciones que hasta ahora. 

Por tanto, contarán con derecho a prestación, aunque no tengan el mínimo cotizado y el tiempo que gasten con esa ayuda, no contará. Eso sí, afectará a las vacaciones y días libres de los trabajadores. 

¿Hasta cuándo estará vigente?

El BOE extendió las normas de esos ERTE hasta el próximo 30 de septiembre, aunque como venimos diciendo, el Gobierno ya espera un acuerdo que extienda los expedientes de regulación de empleo, al menos hasta final de año. 

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