Un procedimiento habitual

Saldo retenido por embargo: ¿cuánto dinero pueden retener de mi cuenta?

La retención de dinero se realizará única y exclusivamente sobre el saldo disponible en cuenta, sin entrar en números rojos.

Billetes de euros.
Billetes de euros.
Dom J de Pexels.

Sufrir el embargo del saldo en nuestra cuenta bancaria es una situación que puede darse en más de una ocasión. A la hora de cobrarse las deudas, este es uno de los mecanismos más empleados por la Administración Pública, por lo que puede afectar tanto a particulares como empresas.

Esta es una de las razones por las que se producen embargos en España, aunque también la retención del saldo de una cuenta bancaria se puede dar por otros motivos que vengan originados, por ejemplo, por una resolución judicial a través de una demanda interpuesta en un juzgado.

Sea como sea, se trata de una situación que no resulta agradable para el bolsillo de ninguna persona, ya que implica que el banco no nos deje usar una parte del dinero que tenemos ahorrado hasta que se clarifique nuestra situación financiera. Pero, ¿cómo afecta a nuestra cuenta bancaria y cuánto dinero nos pueden llegar a dejar paralizado?

¿Me puedo quedar en números rojos?

Cuando tanto la Administración Pública como un juez decretan un embargo en una cuenta bancaria, estos notificarán la orden de embargo al banco en el que el deudor tuviera sus ahorros. De este modo, se indicará la cantidad total que adeuda y la entidad bancaria deberá retener el saldo por dicho importe.

¿Pero qué pasa si la cantidad adeudada es superior al saldo que hay en cuenta? En estos casos, conviene saber que la retención se realizará única y exclusivamente sobre el saldo disponible en cuenta, es decir, si el saldo no fuera suficiente para pagar la totalidad de la misma no se dejará al deudor con un descubierto en cuenta, lo que comúnmente se conoce como números rojos.

Además, pese al embargo, siempre se podrá hacer un uso normal de la cuenta para hacer ingresos, recibir cargos de domiciliaciones o cualquier otra actividad relacionada con la operativa de la cuenta.

¿Qué pasa con mi salario o pensión?

Si el deudor ha sido notificado con un embargo y el saldo disponible en cuenta no es suficiente para cubrir lo que debe es posible que a medida que la cuenta reciba fondos el acreedor vaya descontando del saldo la cuantía de la deuda. No obstante, el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil especifica que un trabajador o pensionista no puede responder con todo su salario ante una deuda. Por este motivo, se establece una cantidad mínima que no puede ser embargada y que se fija en el salario mínimo interprofesional (SMI), que este año se sitúa en los 950 euros.

Eso sí, la parte que exceda esta cantidad sí responderá por la deuda, aunque la cuantía será diferente en función de lo que se haya percibido. Es decir, si se cobra el doble del SMI, se embargará un 30% de dicha cantidad. Si se percibe el triple, el porcentaje irá hasta el 50% y así sucesivamente, hasta llegar al 90% del salario o pensión recibida.

Por ejemplo, con un sueldo de 1.000 euros se estarían percibiendo 50 euros más respecto al SMI. A esta cantidad se embargaría un 30%, es decir, 15 euros.

¿Puedo evitar el embargo?

Cuando el embargo llega por parte de la Administración, los deudores siempre podrán realizar alegaciones en un plazo de 10 días desde que se dicta la orden de embargo. Si durante esos 10 días no se ha presentado recurso alguno, la entidad bancaria hará el ingreso en favor de la Administración tras haber mantenido el dinero retenido durante un total de 20 días.

Además, otra de las opciones es solicitar el aplazamiento y fraccionamiento del pago ante la Administración, que dispondrá de un plazo de seis meses para responder a la solicitud, aunque ello no impedirá que la cuantía que ya ha sido retenida se vaya a devolver ni tampoco eximirá al deudor de pagar los intereses de demora por el fraccionamiento. Eso sí, para solicitar el fraccionamiento, el deudor deberá estar bajo una situación económica que le impida hacer frente al pago de la deuda en el periodo acordado, ya que de lo contrario sí debería responder por ella.

Por este motivo resulta especialmente importante contar siempre con un pequeño colchón de emergencias para afrontar imprevistos de este tipo. En la mayoría de los casos, los expertos recomiendan mantener una cantidad equivalente a entre seis y 12 meses de nuestros gastos fijos mensuales. Además, en algunos casos, si se elige bien el banco y se deja el dinero en una cuenta remunerada o depósito rentable es posible hacer crecer los ahorros sin estar expuestos a riesgos. No obstante, si se está dispuesto a asumir algo de riesgo, la inversión en otros productos como fondos de inversión puede ser una buena alternativa para hacer crecer nuestro poder adquisitivo y evitar imprevistos en el futuro.

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