Finanzas personales

Cuatro sustos en la Renta 2023 que te pueden dar las cuentas remuneradas

Las cuentas remuneradas ofrecen interés por el saldo, te devuelven parte de los suministros de energía e incluso de las compras con el cashback. Todos esos ingresos tributan en la declaración de la Renta.

Cuenta remuneradas en la declaración de la Renta
Cuenta remuneradas en la declaración de la Renta
Alexa / Pixabay

Después de años con rendimientos del 0%, cuentas remuneradas y cuentas de ahorro empezaron una carrera para atraer clientes con rendimientos de hasta el 5%, regalos en metálico por domiciliar la nómina y otros beneficios como la devolución de parte de los recibos de gas, luz o teléfono. Todos estos datos debes tenerlos en cuenta el día 3 de abril cuando empiece la campaña de la declaración de la Renta 2023.

Todas estas ventajas tienen su contrapartida fiscal. En otras palabras, que hay que pagar impuestos en la declaración de la renta por todos estos ingresos y eso puede traducirse en un susto fiscal.

¿Cómo tributan las cuentas remuneradas en la renta?

La fiscalidad de las cuentas remuneradas es muy sencilla. Los intereses que generan son un rendimiento de capital mobiliario en el IRPF, igual que el dinero de los dividendos.

Estos rendimientos tributan como parte de las rentas del ahorro en el IRPF con la siguiente escala:

  • Las ganancias hasta 6.000 euros tributan al 19%.
  • El beneficio entre 6.000 y 50.000 euros tributa al 21%.
  • Las ganancias entre 50.000 y 200.000 euros tributan al 23%
  • Las ganancias entre 200.000 y 300.000 euros tributan al 27%
  • Los beneficios por encima de 300.000 euros tributan al 28%.

Estas tablas del ahorro en la renta se aplican de forma progresiva, como las tablas generales de IRPF. Así, solo pagarás un 21% por el beneficio que exceda de 6.000 euros, no por las cantidades inferiores.

Eso sí, estas cifras no se aplican de forma individual a cada inversión. En su lugar, se aplican sobre el conjunto de los rendimientos de capital mobiliario más las ganancias y pérdidas patrimoniales, que incluyen la mayoría de inversiones (acciones, fondos de inversión, ETFs, venta de la casa…).

El papel de las retenciones de IRPF sobre las cuentas remuneradas

El dinero que recibes en tu cuenta no es el rendimiento bruto de la cuenta remunerada. Sobre la cantidad a pagar, las entidades financieras españolas aplican una retención de IRPF del 19%. Ese porcentaje coincide con el tramo más bajo del ahorro.

De esta forma, salvo que ganes más de 6.000 euros con tu cuenta de ahorro, no tendrás que pagar más al hacer la Renta.

Este sería el primero de los sustos fiscales con las cuentas corrientes. Si has ganado más de 6.000 euros, tendrás que poner la diferencia entre el 19% que adelantaste y el 21%, que es el tipo al que tributará ese dinero.

¿Hay que pagar impuestos por los regalos?

La respuesta es afirmativa. Todos esos regalos e incentivos por domiciliar también tributan en el IRPF junto con el interés que abone la cuenta remunerada.

Por ejemplo, Cajamar regala hasta 500 euros en efectivo por domiciliar la nómina y Banco Santander hasta 400 euros. Esos incentivos se consideran también un rendimiento de capital mobiliario, igual que el tipo de interés que paga el banco por tus ahorros.

De hecho, las entidades también practican una retención del 19% sobre ese dinero, de forma que a ti no te llegarán 500 euros, sino que recibirás 405 euros en total.

Lo mismo ocurre con los regalos en especie, como el iPhone SE3 que BBVA regalaba a las familias por abrir una cuenta a jóvenes entre 12 y 17 años y domiciliar la nómina de un adulto.

Este regalo también se considera un rendimiento de capital mobiliario. En este caso, Hacienda sumará el valor del regalo a tu IRPF, con la diferencia de que aquí no se practica retención alguna. Esto quiere decir que no se adelanta dinero a la AEAT y habrá que pagar ese capital al hacer la renta.

Este es el segundo de los sustos con las cuentas remuneradas.

¿Y por la devolución de recibos en efectivo?

En 2023, la banca recuperó la devolución de recibos en efectivo como fórmula para atraer y compensar a sus usuarios. ¿Tributa ese dinero en la renta? Como ya habrás adivinado, la respuesta vuelve a ser afirmativa.

Ese capital también paga impuestos como rendimiento de capital mobiliario sobre el que se practica una retención del 19%, de manera que al hacer la renta ya habrás adelantado los impuestos de esas ganancias.

¿Tributa el cashback de las tarjetas y compras?

Los ingresos por cashback también hay que incluirlos en la declaración de la Renta. Este dinero tributa como rendimiento de capital mobiliario y normalmente aparecerá ya dentro de tus datos fiscales porque el banco los enviará a Hacienda.

Como con la devolución de recibos, en la mayoría de casos se aplicará una retención de IRPF sobre ese capital, aunque no siempre tiene por qué ser así. Todo dependerá de la empresa que lo haga y de dónde esté radicada.

Cuidado con las cuentas remuneradas en el extranjero

Igual que puedes abrir un depósito en un banco extranjero, también puedes tener una cuenta remunerada en un banco radicado fuera de España. Muchas de las mejores cuentas remuneradas son actualmente extranjeras.

El beneficio de estas cuentas también se considera un rendimiento de capital mobiliario, igual que las españolas. Lo que cambia son las retenciones de IRPF, que por defecto se harán en el país donde esté radicada la cuenta.

En ese caso, al hacer la Renta tendrás que rellenar la sección de “Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero” e indicar la cantidad retenida. Así le indicas a Hacienda que ya has adelantado ese dinero para no tener que pagar impuestos dos veces por lo mismo.

En cualquier caso, estas retenciones se pueden anular con un certificado de residencia fiscal. Si lo haces, no habrá retención sobre ese rendimiento y pagarás los impuestos por él al hacer la renta.

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