Prestación contributiva de jubilación

La importancia de cotizar el tiempo suficiente para la pensión de jubilación

El tiempo cotizado es uno de los puntos clave, tanto para acceder la pensión contributiva de jubilación, como para determinar la cuantía que se va a recibir por esa prestación.

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La importancia de cotizar el tiempo suficiente para la jubilación
Por Tapanakorn de Canva

La jubilación es un momento clave para cualquier trabajador, ya que dejará de estar activo laboralmente y pasará a depender de la pensión. En ese sentido, el tiempo cotizado es uno de los puntos clave, tanto para acceder la pensión contributiva de jubilación, como para determinar la cuantía que se va a recibir por esa prestación.

Cuando se está dado de alta en la Seguridad Social, el trabajador paga las cotizaciones -una parte es responsabilidad del trabajador y otra de la empresa- que le protegen frente ciertas contingencias. Entre ellas, la jubilación. A la hora de computar como tiempo cotizado también se tienen en cuenta las vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas.

Hasta 36 años para acceder al 100% de la pensión

El límite a partir del que se puede acceder a la jubilación son los 15 años jubilados. Además, se exige que se hayan cotizado dos años en los 15 años previos a la jubilación. Pero quienes cuenten solo con ese límite, su cuantía será el resultado de aplicar a la base reguladora solo el 50%.

El porcentaje aplicado irá a más a medida que aumente el periodo cotizado. En concreto, los trabajadores que se jubilen en 2023 deberán contar con 36 años y seis meses cotizados para acceder al 100% de la pensión de jubilación. La Seguridad Social aplica desde 2013 un régimen transitorio que incrementa el porcentaje que se aplica sobre la base reguladora. Así, a partir de 2027 ya serán necesarios 37 años cotizados para acceder al 100% de la base reguladora de la pensión de jubilación.

¿Cuál es la edad de jubilación ordinaria en España?

Pero, los años cotizados también sirven para poder jubilarse antes. La edad mínima para que un trabajador pueda solicitar su pensión de jubilación son 66 años y 4 meses. Sin embargo, para quienes tengan al menos 37 años y 9 meses cotizados, podrán jubilarse a los 65 años. Sobre este requisito también se aplica un incremento transitorio. Cada año se incrementa en dos meses la edad de jubilación y en tres meses el periodo exigido para retirarse a los 65.

Requisitos para cobrar una pensión no contributiva en 2023

Los dos principales requisitos para tener derecho a la prestación contributiva de jubilación son la edad de jubilación y el periodo mínimo cotizado de 15 años -dos de los cuales deberán haberse cotizado en los últimos 15 años-. Quienes no cuenten con las cotizaciones suficientes para acceder a la prestación contributiva y tengan dificultades económicas tienen como alternativa la prestación no contributiva de jubilación.

La Seguridad Social explica que las pensiones no contributivas “son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo”.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de invalidez y jubilación. Ambas están gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

La cuantía de esta prestación no contributiva será inferior. En concreto, en 2023 se actualizaron con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, que fijaron el importe anual en 6.784,54 euros anuales. Este importe se abona en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

Sobre la cuantía individual actualizada para cada pensionista, el IMSERSO explica que se establece a partir del importe fijado en los Presupuestos y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia. Así, la cuantía no podrá ser inferior a la mínima del 25% de la establecida. Esto es 1.696,14 euros anuales, igualmente distribuidos en 12 mensualidades más las dos pagas extraordinarias.

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