El pago del Impuesto de Sucesiones es imprescindible

¿Cuánto se tarda en cobrar la herencia? Requisitos para recibir el dinero rápido

Para poder acceder al dinero de la herencia será imprescindible pagar el Impuesto de Sucesiones, ya que de no ser así la entidad no entregará el dinero a los herederos

Ahorro de euros.
¿Cuánto se tarda en cobrar la herencia? Requisitos para recibir el dinero rápido
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

Recibir una herencia supone tener que hacer frente a numerosas gestiones. Liquidar el Impuesto de Sucesiones es uno de los trámites que requiere más conocimiento y, en muchos casos, mayor esfuerzo económico. Sin embargo, no se trata del único.

Conseguir los certificados correspondientes, determinar quiénes son los herederos, hacer la valoración de la herencia son algunas de las gestiones más tediosas a los que se enfrentan los herederos. Pero, una vez que se solventan estos trámites y se liquidan los impuestos, ¿cómo se reciben los bienes del fallecido?

En estos casos, si parte de la herencia estaba depositada en el banco, será necesario acudir a la sucursal y entregar toda la documentación que sea solicitada con el fin de acceder al dinero de la cuenta bancaria o al de otros productos que el fallecido tuviera en la entidad. Sin embargo, conviene saber que la entrega del dinero no es inmediata.

Los trámites para acceder al dinero

Para poder acceder a los fondos depositados en una entidad, los beneficiarios deberán acreditar ante la misma su condición de herederos. Sin embargo, antes de que llegue ese momento, deberán asegurarse de cuáles son las entidades bancarias en las que se encuentra el dinero. Si se tenía relación con el fallecido, es muy probable que esta información sea conocida entre sus familiares, pero si no es así lo más recomendable es revisar si existe correspondencia bancaria en la vivienda del fallecido o acudir a los bancos más próximos a su vivienda.

Una vez los herederos tengan claro cuáles son los bancos a los que deben acudir, será necesario presentar en ellos un certificado de defunción expedido por el Registro Civil, lo que supondrá el bloqueo de todas las cuentas por parte de la entidad bancaria para que no se produzca ningún tipo de movimiento.

En ese mismo momento, es imprescindible solicitar a la entidad un certificado de saldo, es decir, un documento en el que se identifican todos los valores del fallecido que gestionaba el banco hasta ese momento.

Pago del Impuesto y documentación necesaria

Para poder acceder al dinero será imprescindible pagar el Impuesto de Sucesiones, que deberá liquidarse una vez se tenga el certificado de saldos en un plazo ordinario de seis meses desde el fallecimiento del causante. De no ser así, la entidad no entregará el dinero a los herederos.

Una vez liquidado este impuesto y firmado el reparto de la herencia el banco traspasará los saldos desde las cuentas del fallecido a las cuentas de los herederos. Además, si el fallecido contaba con posiciones en fondos de inversión se deberá hacer un cambio de titularidad. Uno de los beneficios de heredar fondos es que los herederos no tendrán que tributar en el Impuesto de Sucesiones por las ganancias que esos fondos hubieran generado a lo largo de los años, tan solo por el valor inicial de los mismos, lo que comúnmente se conoce como plusvalía del muerto.

Para que se produzca ese traspaso total de saldos y cambio de titularidad de productos de inversión los herederos deberán entregar varios documentos a la entidad: DNI, certificado de defunción, certificado de actos de última voluntad, copia autorizada del testamento, acta notarial de declaración de herederos, declaración privada de bienes y la carta de pago del Impuesto de Sucesiones.

Con todos estos documentos el banco tendrá que comprobar que son correctos, viendo que se ha procedido al pago del Impuesto de Sucesiones y que el reparto de la herencia se ha hecho conforme a la legislación vigente. Este proceso puede extenderse entre 15 días y un mes aproximadamente.

Pasado este periodo de tiempo, los herederos deberán personarse en la entidad cuando esta se los notifique para poder firmar la liquidación y cancelación de las cuentas corrientes, así como los traspasos de dinero o los cambios de titularidad de los productos de inversión.

Habrá que tener en cuenta que si existieran fondos de inversión, el reparto deberá hacerse conforme a la documentación presentada y no se admitirán instrucciones diferentes por parte de los herederos. Asimismo, si el fallecido tenía depósitos y los herederos no quisieran continuar con ellos se realizará el reembolso en la cuenta asociada y, una vez esté el dinero disponible, se efectuará el reparto entre las cuentas de los herederos según lo indicado en el testamento. Del mismo modo, las tarjetas de crédito o débito asociadas a la cuenta del causante deberán cambiar de cuenta asociada, ya que esta será cancelada.

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